DECRETO 7963 1946
Síntesis:
EN TODAS LAS SALAS DE ESPECTÁCULOS, QUE TENGAN ASIENTOS INDIVIDUALES Y NUMERADOS, EXISTIRÁ EN LA BOLETERÍA Y A LA VISTA DEL PÚBLICO, UNA TAQUILLA EJECUTADA SOBRE EL FACSÍMIL DEL PLANO DE CAPACIDAD, QUE SEA EXPRESIÓN FIEL Y REAL DE LO EXISTENTE, EN ESCALA DE 1:100 - VENTA DE LOCALIDADES - ENTRADAS - BILLETES DE ENTRADAS EN PAPEL
Publicación:
03/12/1946
Sanción:
25/11/1946
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Tipo de relación
Norma relacionada
Detalle
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 del Decreto-Ordenanza 17430-62 <strong>(DEROGADO)</strong> establece que, para los teatros que realizan funciones al aire libre, no será obligatoria la exigencia de numerar asientos, Considerando que deben quedar excluidos automáticamente de las disposiciones del Decreto 7963-46.</p>