DECRETO 745 1999

Síntesis:

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN. EL MATERIAL DIDÁCTICO QUE SE ABONA AL PERSONAL DOCENTE PREVISTO PARA EL EJERCICIO 1997 POR DECRETO N° 610/97, B.O. N° 220. SE PAGARA PARA EL EJERCICIO 1999 EN LAS MISMAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN AQUEL

Publicación:

30/04/1999

Sanción:

20/04/1999

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 13.241 y el Decreto N° 610-97; y

CONSIDERANDO:

Que la Secretaría de Educación solicita la extensión del decreto referido para su aplicación al corriente año;

Que dicha solicitud tiene por objeto colaborar con el docente en la adquisición del material didáctico indispensable para el mejor desempeño de sus funciones;

Que el gasto que demanda el pago de la suma indicada en el mencionado decreto se encuentra expresamente previsto en el presupuesto en vigor;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° El pago por material didáctico que se abona al personal docente previsto para el ejercicio 1997 por Decreto N° 610-97, se pagará para el ejercicio 1999 en las mismas condiciones establecidas en aquél.

Art. 2° La suma referida precedentemente será abonada con los haberes del mes de abril de 1999.

Art. 3° La Dirección General de Planificación Presu-puestaria arbitrará los recaudos necesarios a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente norma.

Art. 4° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación y de Hacienda y Finanzas.

Art. 5° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos y a la Secretaría de Educación.

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