RESOLUCIÓN 13 2017 F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
Síntesis:
RECTIFICA RESOLUCIÓN 9-ENTUR-17 - ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - DESIGNACIÓN DE GERENTE OPERATIVO - TRANSITORIO - MATÍAS BELACÍN - GERENCIA OPERATIVA DE OBSERVATORIO TURÍSTICO - DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN Y OBSERVATORIO TURÍSTICO
Publicación:
26/01/2017
Sanción:
23/01/2017
Organismo:
F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
VISTO:
Los Decretos Nros. 1.510/97 y 235/16, la Resolución N° 9/ENTUR/17, el Expediente
Electrónico N° 27.723.888/ENTUR/2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución mencionada en el Visto se designó al Lic. Matías Belacín, D.N.I.
N° 32.668.492, CUIL 23-32668492-9, como Gerente Operativo de la Gerencia
Operativa de Observatorio Turístico de la Dirección General de Investigación y
Observatorio Turístico del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
partida 5007.0320.W.08;
Que se incurrió en un error material al consignarse el número de CUIL del Lic. Matías
Belacín;
Que al respecto, el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la
Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 1.510/97, establece que en
cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los
aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión;
Que por Decreto N° 235/16 se designó al Lic. Andrés Freire, D.N.I. N° 22.549.351,
como Presidente ad honorem, del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires; Por lo expuesto precedentemente, corresponde rectificar la Resolución N°
9/ENTUR/2017.
Por ello, en uso de las facultades otorgadas por la Ley N° 2.627,
Artículo 1°.- Rectifícase el Artículo 1° de la Resolución N° 9/ENTUR/17, el que quedará
redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°: Desígnase a partir del 1° de enero de
2017, con carácter transitorio conforme el Decreto N° 684/2009 y modificatorios, al Lic.
Matías Belacín, D.N.I. N° 32.668.492, CUIL 23-32668492-9, como Gerente Operativo
de la Gerencia Operativa de Observatorio Turístico de la Dirección General de
Investigación y Observatorio Turístico del Ente de Turismo, partida 5007.0320.W.08".
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General de Investigación y Observatorio Turístico del Ente
de Turismo y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.
Freire