DECRETO 812 2002
Síntesis:
PROMULGA LEY 794
Publicación:
02/08/2002
Sanción:
29/07/2002
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 794, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 2 de julio de 2002. Dése al Registro; gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; comuníquese al Mercado Central de Buenos Aires y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Secretaría de Desarrollo Económico. El presente Decreto es refrendado por los señores Secretarios de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Económico y Jefe de Gabinete.