RESOLUCIÓN 40 2017 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
SE EXCLUYE DE LAS CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN A DEMARÍA ENTRE SINCLAIR Y GODOY CRUZ - CARÁCTER EXPERIMENTAL - DECRETO-ORDENANZA 10407-47 - BARRIO DE PALERMO - SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Publicación:
08/02/2017
Sanción:
23/01/2017
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO:
el Expediente N.° RE-2015-35510259- -DGPMOV, la Ley N° 2148 (texto consolidado
según Ley N° 5666), y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado expediente, vecinos del lugar solicitan la necesidad de restituir
el doble sentido de circulación a una calle Demaría entre Sinclair y Godoy Cruz,
localizada en el Barrio de Palermo;
Que la medida en cuestión, mejora sustancialmente la fluidez circulatoria, en la zona
de influencia donde se ubica esta arteria.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,
Articulo 1°.- Excluyese, con carácter experimental y por el término de 90 días, de las
disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a
las calles con sentido único de circulación, a la siguiente arteria:
Demaría entre Sinclair y Godoy Cruz,
Articulo 2°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral (vertical, horizontal) que proyectará la Gerencia
Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito.
Artículo 3° -Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a la Dirección General de Transito y Transporte, a la Policía Federal
Argentina, Policía Metropolitana, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y
a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y
Seguridad Vial . Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Planeamiento y
Ordenamiento de Señalamiento vial, para su implementación. Terrile