RESOLUCIÓN 95 2017 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
INVIERTE TRAMOS DE ZAMUDIO ENTRE JULIO CORTÁZAR Y AV SAN MARTIN Y DE TERRADA ENTRE AV SAN MARTIN Y TINOGASTA - TRAMOS DE ARTERIAS - ZAMUDIO - TERRADA - VIGENCIA - VECINOS DEL BARRIO RAWSON - METROBUS SAN MARTIN - DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - SUBSECRETARÍA TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Publicación:
02/03/2017
Sanción:
09/02/2017
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO:
el Expediente N° 04439733-DGTYTRA-2017, y Ley 2148 (texto consolidado por Ley
N° 5.666), la Resolución N° 201/SECTRANS/16, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto tramita una presentación de la Comisión de
Seguridad del Barrio Rawson, donde se solicita el cambio de sentido de la calle
Zamudio entre la calle Julio Cortázar y la Av. San Martin de NO a SE;
Que dicha solicitud fue efectuada por vecinos del Barrio Rawson, teniendo en miras
una mejora en la seguridad vial de la zona, toda vez que la traza del Metrobus San
Martin, se ha convertido en una arteria de alto riesgo para el tránsito;
Que manifiestan que para tener un mejor acceso al barrio, a las Instituciones del
mismo y al Club Comunicaciones por la calle Tinogasta, estiman conveniente la
inversión del sentido circulatorio de la calle Terrada, entre la Av. San Martin y la calle
Tinogasta de NO a SE;
Que se procedió al estudio de la cuadricula en cuestión, surgiendo la viabilidad de
invertir el sentido único de circulación al tramo de arteria tratado, y de la calle de la
calle Terrada entre la Av. San Martin y la calle Tinogasta, manteniendo las condiciones
de estacionamiento en la zona conforme al Código de Tránsito y Transporte de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus modificaciones;
Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de
Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y
cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió
opinión favorable respecto a lo solicitado;
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice el
cambio de sentido de las arterias mencionadas.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución N°
201/SECTRANS/16,
Articulo 1° - Inviértase, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las
disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a
las calles con sentido único de circulación, a los siguientes tramos de arterias:
Zamudio entre la calle Julio Cortázar y la Av. San Martin de NO a SE.
Terrada entre la Av. San Martin y la calle Tinogasta de NO a SE.
Articulo 2° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral (vertical, horizontal y semafórico), que proyectará la
Gerencia Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito.
Artículo 3° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales de Tránsito y Transporte, Cuerpo de
Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial y a las Gerencias Operativas de
Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito y de Señalización Vial. Cumplido, remítase
a la Gerencia Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito para los fines
propuestos en el artículo anterior. Terrile