RESOLUCIÓN 187 2017 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
SE DEROGAN LAS RESOLUCIONES N° 722-CDNNYA/14 Y N° 1025-CDNNYA/14 Y SE APRUEBA EL RÉGIMEN PARA LA ASIGNACIÓN DE FONDOS EN CONCEPTO DE CAJA CHICA COMÚN Y CAJA CHICA ESPECIAL
Publicación:
07/03/2017
Sanción:
22/02/2017
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.666), las Resoluciones Nros.
722/CDNNyA/2014, 1.025/CDNNyA/2014 y 942/CDNNyA/2016, el Expediente
Electrónico N° 04.293.480/MGEyA-DGLTACDN/2017, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.666) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en
materia de promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que mediante la Resolución N° 722/CDNNyA/2014 y su modificatoria, la Resolución
N° 1.025/CDNNyA/2014, se estableció el régimen de Caja Chica y Fondos con cargo a
rendir y de Fondos Específicos en el ámbito de este Consejo;
Que posteriormente, mediante la Resolución N° 942/CDNNyA/2016 se modificó
parcialmente la estructura organizativa del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes, por lo que resulta necesario modificar el Régimen establecido en el
Anexo I de las Resoluciones Nros. 722/CDNNyA/2014 y 1.025/CDNNyA/2014 en
función de las nuevas áreas creadas y de las competencias asignadas a las mismas,
debiendo adecuarse los procedimientos regulados en dicho Anexo a las exigencias
actuales de la gestión, en pos de lograr la optimización de sus funciones y el alcance
de sus objetivos y responsabilidades;
Que en este sentido y con el objeto de establecer claramente los mecanismos y
procedimientos que permitan a las distintas áreas afrontar gastos menores y/o
urgentes y/o especiales, deviene necesario el dictado de una nueva norma que regule
el régimen de fondos comunes y especiales creados a tales fines, los cuales se
denominan "Caja Chica Común" y "Caja Chica Especial";
Que por otro lado, resulta necesario adecuar a las exigencias actuales los importes
asignados mediante IF N° 05.953.384/CDNNyA/2015 a las distintas áreas y
Defensorías Zonales de este Consejo en concepto de Caja Chica Común;
Que la Dirección Operativa de Gestión Financiera, dependiente de la Dirección
General Legal, Técnica y Administrativa, ha tomado intervención en las presentes
actuaciones, propiciando la creación de un nuevo régimen de Caja Chica Común y
Caja Chica Especial, tal como surge del IF N° 04.352.429/DGLTACDN/2017;
Que por su parte, la titular de la mencionada Dirección General ha prestado
conformidad con el nuevo régimen propuesto, conforme se desprende del IF N°
05.350.016/DGLTACDN/2017;
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo por el cual se
deroguen las Resoluciones Nros. 722/CDNNyA/2014 y 1.025/CDNNyA/2014, sus
modificatorias, complementarias, y toda otra que se oponga a la presente a partir del
1° de marzo de 2017, y se apruebe un nuevo régimen de fondos;
Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el
ámbito de su competencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley N° 114 (texto
consolidado por Ley N° 5.666) y el Decreto N° 32/AJG/2016,
LA PRESIDENTE DEL CONSEJO
DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESUELVE
Artículo 1.-
Deróganse las Resoluciones Nros. 722/CDNNyA/2014 y
1.025/CDNNyA/2014, sus modificatorias, complementarias y toda otra que se oponga
a la presente a partir del 1° de marzo de 2017.
Articulo 2.- Apruébase el régimen para la Asignación de Fondos en concepto de Caja
Chica Común y Caja Chica Especial para las distintas áreas de este Consejo de los
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de conformidad con los Anexos I, II y III
que como IF Nros. 05.363.944/CDNNyA/2017, 05.363.983/CDNNyA/2017 y
05.364.007/CDNNyA/2017 respectivamente, forman parte integrante de la presente, a
partir del 1° de marzo de 2017.
Artículo 3.- Las entregas de fondos en concepto de Caja Chica Común que hubieren
sido liberadas de acuerdo al régimen que por esta resolución se deroga, serán válidas
y deberán adecuarse a la presente a partir de la primera reposición que opere con
posterioridad a su dictado.
Artículo 4.- Los gastos que demande la implementación de la presente resolución se
imputarán a las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial, y pase a la Dirección Operativa de Gestión
Financiera para su conocimiento y notificación a Vicepresidencia, a las Direcciones
Generales Legal, Técnica y Administrativa, de Programas Descentralizados, de
Gestión de Políticas y Programas y a la Dirección Operativa de Articulación
Institucional Área Presidencia, para poner la presente en conocimiento de todas las
áreas bajo su dependencia, y demás efectos. Cumplido, archívese. Leguizamón