RESOLUCIÓN 2 2017 MINISTERIO DE MODERNIZACION, INNOVACION Y TECNOLOGIA
Síntesis:
CONVALIDA CONCURSO - SUMÁ VERDE - OBJETIVOS - PREMIOS - PERMISOS - MECANISMOS - PARTICIPANTES E INSCRIPCION - PRESENTACION - VIGENCIA - ALUMNOS
Publicación:
03/04/2017
Sanción:
23/03/2017
Organismo:
MINISTERIO DE MODERNIZACION, INNOVACION Y TECNOLOGIA
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes Nros. 1.687, 1.854, 2.544 y
5460, el Decreto N° 328/16, la Resolución N° 3.117-MEGC/10, el Expediente
Electrónico N° 19.385.846/MGEYA-MEGC/16, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que la Ciudad
debe desarrollar en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del
ambiente urbano promoviendo entre otros aspectos, la Educación Ambiental en todas
las modalidades y niveles, y el uso racional de materiales y energía;
Que la Ley N° 1.687 incorpora la Educación Ambiental en el sistema educativo formal,
no formal y mediante modos alternativos de comunicación y educación, garantizando
la promoción de la Educación Ambiental en todas las modalidades y niveles;
Que la Ley N° 1.854 tiene por objeto establecer el conjunto de pautas, principios,
obligaciones y responsabilidades para la gestión integral de los residuos sólidos
urbanos que se generen en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, en forma sanitaria y ambientalmente adecuadas, a fin de proteger el ambiente,
seres vivos y bienes. En este sentido la Ciudad adopta como principio para la
problemática de los residuos sólidos urbanos el concepto de Basura Cero;
Que la Ley N° 2.544 de Separación de Residuos en Instituciones Educativas dispone
que en todas las instituciones educativas públicas de gestión estatal y privada de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se colocarán cestos de residuos de a pares
destinados a la separación en origen; Que a su vez, la Ley N° 5.460, en su artículo 19,
establece entre las facultades del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, la de "diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y
programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de
contribuir al desarrollo individual y social";
Que asimismo, conforme lo establecido en el artículo 24 de la Ley N° 5.460, el
Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, tiene entre sus objetivos,
desarrollar y coordinar programas, proyectos y actividades necesarios para la ciencia,
la innovación tecnológica y su irradiación al sistema productivo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que la citada Ley, determinó en su artículo 25, entre las facultades del Ministerio de
Ambiente y Espacio Público, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las de "diseñar
e implementar políticas tendientes a mejorar y mantener el espacio público", "regular y
controlar los servicios de higiene urbana y el tratamiento, recuperación y disposición
de los residuos", así como también "actuar como autoridad de aplicación de las leyes
relacionadas con la materia ambiental";
Que por Decreto N° 328/16, se creó el Organismo Fuera de Nivel Unidad de Proyectos
Especiales (UPE) Educación para la Sustentabilidad bajo la órbita del Ministerio de
Educación, que tiene entre sus objetivos desarrollar y coordinar programas, proyectos
y actividades necesarios para la ciencia, la innovación tecnológica y su irradiación al
sistema productivo y desarrollar medidas dirigidas a la reducción, la reutilización y la
separación de residuos en los establecimientos educativos de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en cumplimiento de los objetivos previstos en la Ley N° 1.854/05 y la Ley
N° 2.544;
Que, a través de la Resolución N° 3.117-MEGC/10 se creó el Programa Escuelas
Verdes, dependiente del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, cuyo objetivo es fomentar el desarrollo sustentable a través de la educación y la
gestión ambiental en las escuelas;
Que el Programa Escuelas Verdes lleva adelante el Plan de Gestión Integral de
Residuos que involucra a toda la comunidad educativa y se lleva adelante en todas las
escuelas de gestión estatal, promoviendo el consumo responsable y la reducción,
reutilización y reciclaje de residuos mediante el establecimiento de un sistema de
separación en origen y recolección diferenciada;
Que la experiencia ha evidenciado que los concursos son una herramienta que
incentiva la participación de la comunidad educativa y la comunidad toda;
Que es objetivo primordial de los Ministerios de Educación, de Ambiente y Espacio
Público y de Modernización, Innovación y Tecnología sensibilizar sobre aspectos
claves del consumo responsable, la importancia de reducir la cantidad de residuos que
se generan y revalorizar el concepto de residuos con el propósito de darle una nueva
utilidad;
Que en conformidad a lo expuesto, los Ministerios de Educación, de Ambiente y
Espacio Público y de Modernización de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
propiciaron las acciones necesarias para llevar a cabo las diferentes etapas del
Concurso "Sumá Verde", el cual ha sido implementado entre los días 5 de septiembre
y 31 de octubre de 2016;
Que, por estos motivos se considera pertinente convalidar el Concurso "Sumá Verde";
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y atento las facultades que les son propias,
Artículo 1.- Convalídase el concurso denominado "Sumá Verde", conforme las Bases y
Condiciones detalladas en el Anexo (IF-2016-19389076-MEGC), el cual forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Déjase constancia que el gasto que demandó el presente proyecto ha sido
imputado en la Unidad Ejecutora 587, Programa 6, Actividad 3, Fuente de
financiamiento 11, del ejercicio correspondiente.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
comuníquese a los Ministerios de Educación, de Ambiente y Espacio Público y de
Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido, archívese. Acuña - Macchiavelli -
Freire
ANEXOS