RESOLUCIÓN 2 2017 MINISTERIO DE MODERNIZACION, INNOVACION Y TECNOLOGIA

Síntesis:

CONVALIDA CONCURSO - SUMÁ VERDE - OBJETIVOS - PREMIOS - PERMISOS - MECANISMOS - PARTICIPANTES E INSCRIPCION - PRESENTACION - VIGENCIA - ALUMNOS 

Publicación:

03/04/2017

Sanción:

23/03/2017

Organismo:

MINISTERIO DE MODERNIZACION, INNOVACION Y TECNOLOGIA


VISTO:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes Nros. 1.687, 1.854, 2.544 y

5460, el Decreto N° 328/16, la Resolución N° 3.117-MEGC/10, el Expediente

Electrónico N° 19.385.846/MGEYA-MEGC/16, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que la Ciudad

debe desarrollar en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del

ambiente urbano promoviendo entre otros aspectos, la Educación Ambiental en todas

las modalidades y niveles, y el uso racional de materiales y energía;

Que la Ley N° 1.687 incorpora la Educación Ambiental en el sistema educativo formal,

no formal y mediante modos alternativos de comunicación y educación, garantizando

la promoción de la Educación Ambiental en todas las modalidades y niveles;

Que la Ley N° 1.854 tiene por objeto establecer el conjunto de pautas, principios,

obligaciones y responsabilidades para la gestión integral de los residuos sólidos

urbanos que se generen en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, en forma sanitaria y ambientalmente adecuadas, a fin de proteger el ambiente,

seres vivos y bienes. En este sentido la Ciudad adopta como principio para la

problemática de los residuos sólidos urbanos el concepto de Basura Cero;

Que la Ley N° 2.544 de Separación de Residuos en Instituciones Educativas dispone

que en todas las instituciones educativas públicas de gestión estatal y privada de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se colocarán cestos de residuos de a pares

destinados a la separación en origen; Que a su vez, la Ley N° 5.460, en su artículo 19,

establece entre las facultades del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, la de "diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y

programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de

contribuir al desarrollo individual y social";

Que asimismo, conforme lo establecido en el artículo 24 de la Ley N° 5.460, el

Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, tiene entre sus objetivos,

desarrollar y coordinar programas, proyectos y actividades necesarios para la ciencia,

la innovación tecnológica y su irradiación al sistema productivo de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que la citada Ley, determinó en su artículo 25, entre las facultades del Ministerio de

Ambiente y Espacio Público, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las de "diseñar

e implementar políticas tendientes a mejorar y mantener el espacio público", "regular y

controlar los servicios de higiene urbana y el tratamiento, recuperación y disposición

de los residuos", así como también "actuar como autoridad de aplicación de las leyes

relacionadas con la materia ambiental";

Que por Decreto N° 328/16, se creó el Organismo Fuera de Nivel Unidad de Proyectos

Especiales (UPE) Educación para la Sustentabilidad bajo la órbita del Ministerio de

Educación, que tiene entre sus objetivos desarrollar y coordinar programas, proyectos

y actividades necesarios para la ciencia, la innovación tecnológica y su irradiación al

sistema productivo y desarrollar medidas dirigidas a la reducción, la reutilización y la

separación de residuos en los establecimientos educativos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires en cumplimiento de los objetivos previstos en la Ley N° 1.854/05 y la Ley

N° 2.544;

Que, a través de la Resolución N° 3.117-MEGC/10 se creó el Programa Escuelas

Verdes, dependiente del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, cuyo objetivo es fomentar el desarrollo sustentable a través de la educación y la

gestión ambiental en las escuelas;

Que el Programa Escuelas Verdes lleva adelante el Plan de Gestión Integral de

Residuos que involucra a toda la comunidad educativa y se lleva adelante en todas las

escuelas de gestión estatal, promoviendo el consumo responsable y la reducción,

reutilización y reciclaje de residuos mediante el establecimiento de un sistema de

separación en origen y recolección diferenciada;

Que la experiencia ha evidenciado que los concursos son una herramienta que

incentiva la participación de la comunidad educativa y la comunidad toda;

Que es objetivo primordial de los Ministerios de Educación, de Ambiente y Espacio

Público y de Modernización, Innovación y Tecnología sensibilizar sobre aspectos

claves del consumo responsable, la importancia de reducir la cantidad de residuos que

se generan y revalorizar el concepto de residuos con el propósito de darle una nueva

utilidad;

Que en conformidad a lo expuesto, los Ministerios de Educación, de Ambiente y

Espacio Público y de Modernización de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

propiciaron las acciones necesarias para llevar a cabo las diferentes etapas del

Concurso "Sumá Verde", el cual ha sido implementado entre los días 5 de septiembre

y 31 de octubre de 2016;

Que, por estos motivos se considera pertinente convalidar el Concurso "Sumá Verde";

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y atento las facultades que les son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

Y EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA

RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase el concurso denominado "Sumá Verde", conforme las Bases y

Condiciones detalladas en el Anexo (IF-2016-19389076-MEGC), el cual forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Déjase constancia que el gasto que demandó el presente proyecto ha sido

imputado en la Unidad Ejecutora 587, Programa 6, Actividad 3, Fuente de

financiamiento 11, del ejercicio correspondiente.

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

comuníquese a los Ministerios de Educación, de Ambiente y Espacio Público y de

Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido, archívese. Acuña - Macchiavelli -

Freire


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5100

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art 1 de la Resolución N° 2/MMITGC/17 Convalida el concurso denominado Sumá Verde que forma parte del  Programa Escuelas Verdes, creado por Resolución N° 3.117-MEGC/10.</p>