DECRETO 124 2017

Síntesis:

 APRUEBA PRESUPUESTO - EJERCICIO 2017 - EMPRESA SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SE - ORGANISMO FUERA DE NIVEL - PLAN DE ACCIÓN - ESQUEMA - AHORRO - INVERSIÓN - FINANCIAMIENTO - PRESUPUESTO DESAGREGADO POR OBJETO DEL GASTO - PROYECTOS - FUENTES DE FINANCIAMIENTO - FLUJO TRIMESTRAL DE FONDOS - PLANILLAS 

Publicación:

12/04/2017

Sanción:

07/04/2017

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666), 5.724, los Decretos Nros

1.000/99, 363/15 y sus modificatorios, 298/16, el Expediente Electrónico N° 6.661.241-

MGEYA-SBASE/17; y,

CONSIDERANDO:

Que por Ley 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666) se aprobó el Sistema de Gestión,

Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, estableciéndose la organización y funcionamiento de sus órganos;

Que por el artículo 73 de la citada Ley se estableció que los directorios o máxima

autoridad responsable de las empresas y sociedades con participación mayoritaria del

Estado aprueban el proyecto de presupuesto anual de su gestión y lo remiten a la

Oficina de Presupuesto;

Que asimismo los artículos 75 y 76 de dicha Ley disponen que la Oficina de

Presupuesto analiza los proyectos de presupuesto de las empresas y sociedades,

prepara un informe y posteriormente los mismos son sometidos a la aprobación del

Poder Ejecutivo de acuerdo con las modalidades y los plazos que establezca la

reglamentación;

Que por su parte, de conformidad con la normativa citada, corresponde al Poder

Ejecutivo aprobar, en su caso, con los ajustes que considere convenientes, los

presupuestos de las empresas y sociedades con participación mayoritaria del Estado;

Que el artículo 39 del Decreto N° 1.000/99, reglamentario del artículo 76 de la Ley 70

(texto consolidado por Ley N° 5.666) establece que para la aprobación de los

presupuestos, dentro del plazo señalado en la Ley, la Oficina de Gestión Pública debe

preparar el informe de los proyectos recibidos, así como las estimaciones

presupuestarias de oficio;

Que mediante el Decreto N° 298/16 se aprobó el cronograma para la formulación de

los presupuestos de las Empresas Públicas, Sociedades del Estado y todas aquellas

otras organizaciones empresariales donde el Estado de la Ciudad tenga participación

mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias para el

ejercicio 2017, de conformidad con el Anexo II integrante del citado Decreto;

Que en concordancia con lo expresado previamente, por el expediente mencionado en

el Visto tramita la aprobación del Presupuesto para el ejercicio 2017 formulado por

Subterráneos de Buenos Aires S.E. (SBASE), empresa con participación accionaria

mayoritaria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y Organismo Fuera

de Nivel en la órbita del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, conforme

Decreto N° 363/15 y sus modificatorios;

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 75 de la Ley N° 70 (texto

consolidado por Ley N° 5.666), la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto

dependiente de la Subsecretaria de Gestión y Administración Económica del Ministerio

de Hacienda, elaboró el informe pertinente aconsejando la aprobación del presupuesto

2017 de la empresa Subterráneos de Buenos Aires S.E.

Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propias conferidas por los

artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Apruébase el Presupuesto para el ejercicio 2017 de la empresa

Subterráneos de Buenos Aires S.E., Organismo Fuera de Nivel en la órbita del

Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, de conformidad con lo detallado en los

Anexos I (IF-2017-07365400-DGTALMDUYT) y II (IF-2017-07365744-DGTALMDUYT),

que forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Estímase en la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y

SIETE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS

OCHENTA ($ 2.937.955.680) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS

DOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA MILLONES

SEISCIENTOS MIL ($

2.830.600.000) los gastos corrientes, de acuerdo con el detalle que figura en las

planillas del Anexo II.

Artículo 3°.- Fíjanse en la suma de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y

NUEVE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 2.679.396.000) los

recursos de capital, y en la suma de PESOS DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y

SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA

($ 2.786.751.680) los gastos de capital, de acuerdo con el detalle obrante en las

planillas del Anexo II.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los Señores Ministros de Desarrollo

Urbano y Transporte, de Hacienda y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del

Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio

de Desarrollo Urbano y Transporte. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -

Moccia - Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5107

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art.1 del Decreto 124-17, aprueba el Presupuesto para el ejercicio 2017 de la Empresa Subterráneos de Buenos Aires SE, en el marco del Presupuesto General, ejercicio 2017, aprobado por Ley 5.724.</p>