DECRETO 502 1996
Síntesis:
DECRETO PROMULGATORIO DE LA ORDENANZA N° 50.958/96
Publicación:
25/11/1996
Sanción:
08/11/1996
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto, el Expediente N° 81.001-96, el Registro N° 11758-96 y la Ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante N° 50.985, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Ordenanza se establece la prohibición de organizar o realizar concursos, certámenes, sorteos u otras variantes de azar con el objeto de promover productos relacionados con el consumo de tabaco u otros productos dedicados a fumar;
Que la norma dictada responde a un ejercicio de policía local en los términos del articulo 80, inciso 2 b) de la Constitución de la ciudad de Buenos Aires;
Que frente a las objeciones formuladas y los argumentos a favor de vetarla, cabe señalar que el alcance de la normativa que por este acto se promulga, se limita a ser aplicada en el ámbito local, en la compentencia jurisdiccional propia de la ciudad, quedando excluida su aplicación a las materias regidas por la legislación nacional, contra la cual no puede imponer restricciones una regulación local;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la cláusula transitoria vigésima tercera de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, promúlgase la Ordenanza N° 50.985, sancionada por el Concejo Deliberante el 17 de octubre de 1996; dése al Registro; gírese copia a la Dirección General Legislativa del Concejo Deliberante por intermedio de la Dirección de Enlace con el Concejo Deliberante, dependiente de la Dirección General de Asuntos Políticos e institucionales; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Subsecretaría de Gobierno.
El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.