RESOLUCIÓN 10 2017 MINISTERIO DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 415-MDSGC-CDNNYA-12 - TRANSFIERE NÓMINA DE INSCRIPTOS - REGISTRO DE REFERENTES AFECTIVOS COMUNITARIOS EXTERNOS - INSTITUCIÓN DE ALBERGUE - PROGRAMA ABRAZAR - NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES SIN CUIDADO PARENTALES - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - MINISTERIO DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO
Publicación:
10/05/2017
Sanción:
08/05/2017
Organismo:
MINISTERIO DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO
VISTO:
La Ley N° 5.460, la Ley N° 114, ambas conforme texto consolidado por Ley N° 5.666,
Decreto N° 675/16, modificatorio del Decreto N° 363/15 y modificatorios, Decreto N°
32/AJG/2016, las Resoluciones
Nros. 415/MDSGC-CDNNyA/2012 y
353/CDNNyA/2017, el EX-2017-09931889-MGEYA-DGLTACDN, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.666) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la ciudad en
materia de promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que por la Resolución Conjunta N° 415/MDSGC-CDNNyA/2012, el entonces Ministerio
de Desarrollo Social y el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
aprobaron el "Reglamento de las Modalidades de Vinculaciones Alternativas al Medio
Familiar de los Niños, Niñas y Adolescentes en Alojamiento Residencial", por el que se
implementa el "Programa de Referentes Afectivos Comunitarios externos a la
institución de alojamiento" y se crea el "Registro de referentes afectivos comunitarios
externos a la institución de albergue", ambos en bajo la órbita del Consejo de los
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;
Que la puesta en funcionamiento de dicho Programa estaba destinada a lograr que
aquellos niños, niñas o adolescentes con menos oportunidades de contar con
referentes afectivos pudieran construir otros vínculos capaces de complementar el
accionar del los dispositivos donde estuvieran alojados y de las instituciones
gubernamentales responsables, a través del acompañamiento y transferencia de
valores emocionales que coadyuvaran a la construcción de la subjetividad del niño,
niña o adolescente de que se trate;
Que mediante la Resolución N° 353/CDNNyA/2017, el Consejo de los Derechos de
Niñas, Niños y Adolescentes crea el "Programa Abrazar" como integrante del
"Programa de Niñas, Niños y Adolescentes Sin Cuidados Parentales", estableciéndose
que dentro de las funciones primarias de "Programa Abrazar", la de inscribir a aquellas
personas que manifiesten su voluntad de ser referentes afectivos de niñas, niños y
adolescentes que se encuentren institucionalizados;
Que toda vez que las funciones previstas en el Reglamento de las Modalidades de
Vinculaciones Alternativas al Medio Familiar de los Niños, Niñas y Adolescentes en
Alojamiento Residencial, aprobado mediante la Resolución N° 415/MDSGC-
CDNNyA/2012, se encuentran incluidas en las dispuestas al Programa Abrazar, el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, como Autoridad de
Aplicación, considera que deviene necesario dejar sin efecto el "Reglamento de las
Modalidades de Vinculaciones Alternativas al Medio Familiar de los Niños, Niñas y
Adolescentes en Alojamiento Residencial, el "Programa de Referentes Afectivos
Comunitarios externos a la institución de alojamiento" y el "Registro de referentes
afectivos comunitarios externos a la institución de albergue", ello a fin de evitar la
subsistencia de Programas con similar objeto, funciones y registro;
Que, en virtud de ello y a los fines de ordenar la transición se requiere transferir la
nómina de referentes oportunamente inscriptos en "Registro de referentes afectivos
comunitarios externos a la institución de albergue" al "Programa Abrazar", creado
mediante la Resolución N° 353/CDNNyA/2017 para su inclusión en el registro que
habrá de funcionar bajo su dependencia;
Que, por lo expuesto corresponde el dictado del acto administrativo pertinente por el
cual se deje sin efecto la Resolución N° 415/MDSGC-CDNNyA/2012 y cualquier otra
normativa que se oponga a la Resolución N° 353/CDNNyA/2017;
Que la Gerencia Operativa de Legal, dependiente de la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, y la Dirección
General Legal Técnica y Administrativa del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes han tomado intervención en el ámbito de sus competencias.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5.460, Ley N° 114, y el
Decreto N° 675/2016, modificatorio del Decreto N° 363/2015 y modificatorios, Decreto
N° 32/AJG/2016,
Artículo 1.- Déjase sin efecto la Resolución N° 415/MDSGC-CDNNyA/2012 y cualquier
otra normativa que se oponga a la Resolución N° 353/CDNNyA/2017.
Artículo 2.- Transfiérase la nómina de referentes inscriptos en el entonces "Registro de
referentes afectivos comunitarios externos a la institución de albergue" al "Programa
Abrazar" integrante del Programa de Niñas, Niños y Adolescentes Sin Cuidado
Parentales, continuando bajo la órbita del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de Niñez y Adolescencia,
dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, y al Programa de Niñas,
Niños y Adolescentes Sin Cuidado Parentales de la Dirección General de Gestión de
Políticas y Programas, dependiente del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes. Cumplido, archívese. Leguizamón - Tagliaferri