DECRETO 163 2017
Síntesis:
DESIGNA DIRECTOR GENERAL - FERNANDO LIX KLETT - CARGO AD HONOREM - DIRECCIÓN GENERAL DE RELOCALIZACIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE EDIFICIOS - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE
Publicación:
15/05/2017
Sanción:
09/05/2017
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.460 (texto consolidado conforme Ley N° 5.666), el Decreto N° 363/15 y
sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 9959262-MGEYA-DGRGIEG/17, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte;
Que por Decreto N° 363/15 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando bajo la órbita del citado Ministerio a la Dirección General de
Relocalización y Gestión Integral de Edificios de Gobierno;
Que el cargo de Director General de la Dirección General de Relocalización y Gestión
Integral de Edificios de Gobierno dependiente citado Ministerio se encuentra vacante;
Que en consecuencia, el señor Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte propicia la
designación a partir del 1° de marzo de 2017, del Sr. Fernando Lix Klett, DNI N°
10.110.507, CUIL N° 20-10110507-6, ad honorem, para cubrir dicho cargo, reteniendo
la partida N° 3001.0000.K.000.
Que por lo expuesto deviene procedente el dictado del acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 1° de marzo de 2017, al Sr. Fernando Lix Klett,
DNI N° 10.110.507, CUIL N° 20-10110507-6, ad honorem, en el cargo de Director
General de la Dirección General de Relocalización y Gestión Integral de Edificios de
Gobierno del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, reteniendo la partida N°
3001.0000.K.000.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Urbano y Transporte y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Oficina de Gestión
Pública y Presupuesto y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos.
Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia - Mura p/p