RESOLUCIÓN 308 2017 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
SE TRANSFIERE A FABIáN MARCELO DE LEóN
Publicación:
17/05/2017
Sanción:
11/05/2017
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO:
La Ley N° 471 (texto consolidado Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 2182/GCABA/03 y
184/GCABA/10, las Resoluciones Nros. 2778/MHGC/10 y 43/MJYSGC/17, el
Expediente Electrónico N° 2017-06289644-MGEYA-DGSUM, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 43/MJYSGC/17, se instruyó sumario administrativo, al
agente Fabián Marcelo DE LEÓN, (F.C. N° 438.366, CUIL N° 20-21150965-2),
dependiente de la Dirección General de Defensa Civil de la Subsecretaría de
Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, a fin de investigar los hechos y
deslindar responsabilidades que pudieren corresponder con motivo de las presuntas
irregularidades en que habría incurrido el mismo quien, encontrándose de licencia
médica en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, habría
desempeñado funciones en ese mismo lapso temporal, como bombero voluntario en
distintos siniestros;
Que como consecuencia del dictado de la resolución referida, se instruyó el Sumario
Administrativo N° 1013/2017, en el cual el mencionado agente reviste la calidad de
sumariado;
Que a la fecha se encuentra en trámite el mentado sumario administrativo, resultando
inconveniente la permanencia en funciones del agente Fabián Marcelo DE LEÓN,
(F.C. N° 438.366, CUIL N° 20-21150965-2), en virtud de la sensibilidad de las
cuestiones planteadas en el proceso;
Que el Capítulo XII de la Ley N° 471 (texto consolidado Ley N° 5.666) regula el
Régimen Disciplinario del personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, a la vez que el Capítulo XIII determina el Régimen de Disponibilidad del
mencionado personal;
Que en tal sentido, el artículo 57 de la Ley N° 471 (texto consolidado Ley N° 5.666),
establece que "... El personal sumariado podrá ser suspendido preventivamente o
trasladado con carácter transitorio por la autoridad competente cuando su alejamiento
sea necesario para el esclarecimiento de los hechos investigados o cuando su
permanencia en funciones fuere inconveniente, en la forma y términos que determine
la reglamentación";
Que por Decreto N° 184/GCABA/10 se aprueba la reglamentación del Capítulo XII del
"Régimen Disciplinario" de la Ley N° 471 (texto consolidado Ley N° 5.666),
estableciendo que el traslado con carácter transitorio del personal sumariado, debe ser
dispuesta por el Secretario o Ministro del Área donde revista el agente, previo
dictamen de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 2182/GCABA/03, reglamenta del Capítulo XIII "Régimen de
Disponibilidad" de la Ley N° 471 (texto consolidado Ley N° 5.666);
Que asimismo, el artículo 75 del Convenio Colectivo de Trabajo instrumentado por
Resolución N° 2778/MHGC/10, estipula que los agentes alcanzados por las
situaciones previstas en el régimen de disponibilidad, revistarán en el RAD por un
período máximo que se fija según la antigüedad en base a los años de servicio
prestados efectivamente en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con
arreglo a la siguiente escala: a) De 1 a 10 años: 9 meses. b) De 11 y hasta 20 años:
12 meses. c) Más de 21 años: 18 meses;
Que por PV-2017-10294926-DGTALMJYS, la Subgerencia Operativa de
Administración de Recursos Humanos de la Dirección General Técnica, Administrativa
y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, informa que el agente Fabián Marcelo
DE LEÓN, (F.C. N° 438.366, CUIL N° 20-21150965-2), ingresó al cargo el 1° de
septiembre de 2007;
Que ha tomado intervención la Procuración General de la Ciudad mediante IF-2017-
08338711-DGEMPP, expresando que "... de la mencionada normativa surge que
resulta condición necesaria para disponer la suspensión o el traslado del agente con
carácter transitorio, que el agente adquiera la calidad de sumariado. De las
constancias obrantes en estas actuaciones surge que el causante reviste
efectivamente tal calidad, toda vez que en el referido sumario se ha ordenado el
llamado a prestar declaración indagatoria";
Que la Subsecretaría de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad tomó
intervención mediante PV-2017-09972756-SSEMERG;
Que resulta necesario transferir al Registro de Agentes en Disponibilidad al agente
mencionado;
Que ha tomado intervención favorable la Gerencia Operativa de Legales de la
Dirección General, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y
Seguridad.
Por ello, conforme lo establecido en la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666)
y el artículo 52 del Decreto N° 184/GCABA/10,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE
Artículo 1.- Transfiérase al agente Fabián Marcelo DE LEÓN, (F.C. N° 438.366, CUIL
N° 20-21150965-2), dependiente de la Dirección General de Defensa Civil de la
Subsecretaría de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, al Registro de
Agentes en Disponibilidad (RAD) en los términos del artículo 62 inciso c) de la Ley N°
471 (texto consolidado Ley N° 5.666), el Decreto N° 2182/GCABA/03 y el inciso 4) del
artículo 75 del Convenio Colectivo de Trabajo instrumentado por Resolución N°
2778/MHGC/10, por el plazo máximo de nueve (9) meses.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Emergencias y a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal, ambas dependencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, a
la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos
Aires, gírese a la Dirección General de Defensa Civil para conocimiento y notificación
al agente en cuestión, de conformidad con los términos del artículo 60 y concordantes
de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -
DNU N° 1.510/GCABA/97 (texto consolidado Ley N° 5.666)-, y remítase a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda.
Cumplido, archívese. Ocampo