RESOLUCIÓN 308 2017 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

SE TRANSFIERE A FABIáN MARCELO DE LEóN

Publicación:

17/05/2017

Sanción:

11/05/2017

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO:

La Ley N° 471 (texto consolidado Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 2182/GCABA/03 y

184/GCABA/10, las Resoluciones Nros. 2778/MHGC/10 y 43/MJYSGC/17, el

Expediente Electrónico N° 2017-06289644-MGEYA-DGSUM, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 43/MJYSGC/17, se instruyó sumario administrativo, al

agente Fabián Marcelo DE LEÓN, (F.C. N° 438.366, CUIL N° 20-21150965-2),

dependiente de la Dirección General de Defensa Civil de la Subsecretaría de

Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, a fin de investigar los hechos y

deslindar responsabilidades que pudieren corresponder con motivo de las presuntas

irregularidades en que habría incurrido el mismo quien, encontrándose de licencia

médica en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, habría

desempeñado funciones en ese mismo lapso temporal, como bombero voluntario en

distintos siniestros;

Que como consecuencia del dictado de la resolución referida, se instruyó el Sumario

Administrativo N° 1013/2017, en el cual el mencionado agente reviste la calidad de

sumariado;

Que a la fecha se encuentra en trámite el mentado sumario administrativo, resultando

inconveniente la permanencia en funciones del agente Fabián Marcelo DE LEÓN,

(F.C. N° 438.366, CUIL N° 20-21150965-2), en virtud de la sensibilidad de las

cuestiones planteadas en el proceso;

Que el Capítulo XII de la Ley N° 471 (texto consolidado Ley N° 5.666) regula el

Régimen Disciplinario del personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, a la vez que el Capítulo XIII determina el Régimen de Disponibilidad del

mencionado personal;

Que en tal sentido, el artículo 57 de la Ley N° 471 (texto consolidado Ley N° 5.666),

establece que "... El personal sumariado podrá ser suspendido preventivamente o

trasladado con carácter transitorio por la autoridad competente cuando su alejamiento

sea necesario para el esclarecimiento de los hechos investigados o cuando su

permanencia en funciones fuere inconveniente, en la forma y términos que determine

la reglamentación";

Que por Decreto N° 184/GCABA/10 se aprueba la reglamentación del Capítulo XII del

"Régimen Disciplinario" de la Ley N° 471 (texto consolidado Ley N° 5.666),

estableciendo que el traslado con carácter transitorio del personal sumariado, debe ser

dispuesta por el Secretario o Ministro del Área donde revista el agente, previo

dictamen de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 2182/GCABA/03, reglamenta del Capítulo XIII "Régimen de

Disponibilidad" de la Ley N° 471 (texto consolidado Ley N° 5.666);

Que asimismo, el artículo 75 del Convenio Colectivo de Trabajo instrumentado por

Resolución N° 2778/MHGC/10, estipula que los agentes alcanzados por las

situaciones previstas en el régimen de disponibilidad, revistarán en el RAD por un

período máximo que se fija según la antigüedad en base a los años de servicio

prestados efectivamente en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con

arreglo a la siguiente escala: a) De 1 a 10 años: 9 meses. b) De 11 y hasta 20 años:

12 meses. c) Más de 21 años: 18 meses;

Que por PV-2017-10294926-DGTALMJYS, la Subgerencia Operativa de

Administración de Recursos Humanos de la Dirección General Técnica, Administrativa

y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, informa que el agente Fabián Marcelo

DE LEÓN, (F.C. N° 438.366, CUIL N° 20-21150965-2), ingresó al cargo el 1° de

septiembre de 2007;

Que ha tomado intervención la Procuración General de la Ciudad mediante IF-2017-

08338711-DGEMPP, expresando que "... de la mencionada normativa surge que

resulta condición necesaria para disponer la suspensión o el traslado del agente con

carácter transitorio, que el agente adquiera la calidad de sumariado. De las

constancias obrantes en estas actuaciones surge que el causante reviste

efectivamente tal calidad, toda vez que en el referido sumario se ha ordenado el

llamado a prestar declaración indagatoria";

Que la Subsecretaría de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad tomó

intervención mediante PV-2017-09972756-SSEMERG;

Que resulta necesario transferir al Registro de Agentes en Disponibilidad al agente

mencionado;

Que ha tomado intervención favorable la Gerencia Operativa de Legales de la

Dirección General, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y

Seguridad.

Por ello, conforme lo establecido en la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666)

y el artículo 52 del Decreto N° 184/GCABA/10,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1.- Transfiérase al agente Fabián Marcelo DE LEÓN, (F.C. N° 438.366, CUIL

N° 20-21150965-2), dependiente de la Dirección General de Defensa Civil de la

Subsecretaría de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, al Registro de

Agentes en Disponibilidad (RAD) en los términos del artículo 62 inciso c) de la Ley N°

471 (texto consolidado Ley N° 5.666), el Decreto N° 2182/GCABA/03 y el inciso 4) del

artículo 75 del Convenio Colectivo de Trabajo instrumentado por Resolución N°

2778/MHGC/10, por el plazo máximo de nueve (9) meses.

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Emergencias y a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal, ambas dependencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, a

la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos

Aires, gírese a la Dirección General de Defensa Civil para conocimiento y notificación

al agente en cuestión, de conformidad con los términos del artículo 60 y concordantes

de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -

DNU N° 1.510/GCABA/97 (texto consolidado Ley N° 5.666)-, y remítase a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda.

Cumplido, archívese. Ocampo

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 del Decreto N° 345/23 desestima  el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración, interpuesto por el señor Fabián Marcelo de León contra la Resolución N° 308/MJYSGC/17.</p>