RESOLUCIÓN 1593 2017 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
SE INSTRUMENTA ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 8-17 - COMISIÓN PARITARIA CENTRAL - ACTA PARITARIA - GOBIERNO DE LA CIUDAD - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD - SUTECBA - PERSONAL DE PLANTA TRANSITORIA - CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL - TRANSFERENCIA DE AGENTES - PERMANENCIA
Publicación:
31/05/2017
Sanción:
29/05/2017
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO
La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Colectiva N° 8/17, el
Expediente 2017-11.083.695-MGEYA-DGTALMH y,
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 11 de mayo de 2017, se celebró el Acta de Negociación Colectiva N°
8/17 Comisión Paritaria Central- en el marco del Título II de la Ley N° 471 de
Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de
Buenos Aires (SUTECBA);
Que, mediante la misma las partes acordaron analizar la situación del personal que
reviste bajo la modalidad descripta en el artículo 44 de la Ley N° 471 en la Planta
Transitoria Cuerpo de Agentes de Control de Transito y Transporte, toda vez que
existen agentes que prestan servicios de manera ininterrumpida en la mencionada
planta desde el mes de julio de 2013;
Que, asimismo, acordaron que el personal mencionado deberá permanecer en la
Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de Transito y Seguridad Vial por un
plazo mínimo de cuatro años, no pudiendo ser transferido a otra repartición;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley N° 471 (texto
consolidado por Ley N° 5666), los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación
Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el
acto administrativo respectivo;
Que, así, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se
instrumente el Acta de Negociación Colectiva N° 8/17;
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,
Artículo 1°.- Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva N° 8/17 de la Comisión
Paritaria Central, suscripta el 11 de mayo de 2017 entre los representantes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de
Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como
Anexo (IF 2017-11930810-DGTALMH) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado
de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Subsecretaria de
Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Mura
ANEXOS
ANEXO de la Resolución 1593-MHGC-17