RESOLUCIÓN 1593 2017 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

SE INSTRUMENTA ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 8-17 - COMISIÓN PARITARIA CENTRAL - ACTA PARITARIA - GOBIERNO DE LA CIUDAD - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD - SUTECBA - PERSONAL DE PLANTA TRANSITORIA - CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL - TRANSFERENCIA DE AGENTES - PERMANENCIA

Publicación:

31/05/2017

Sanción:

29/05/2017

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO

La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Colectiva N° 8/17, el

Expediente 2017-11.083.695-MGEYA-DGTALMH y,

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 11 de mayo de 2017, se celebró el Acta de Negociación Colectiva N°

8/17 Comisión Paritaria Central- en el marco del Título II de la Ley N° 471 de

Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de

Buenos Aires (SUTECBA);

Que, mediante la misma las partes acordaron analizar la situación del personal que

reviste bajo la modalidad descripta en el artículo 44 de la Ley N° 471 en la Planta

Transitoria Cuerpo de Agentes de Control de Transito y Transporte, toda vez que

existen agentes que prestan servicios de manera ininterrumpida en la mencionada

planta desde el mes de julio de 2013;

Que, asimismo, acordaron que el personal mencionado deberá permanecer en la

Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de Transito y Seguridad Vial por un

plazo mínimo de cuatro años, no pudiendo ser transferido a otra repartición;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley N° 471 (texto

consolidado por Ley N° 5666), los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación

Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el

acto administrativo respectivo;

Que, así, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se

instrumente el Acta de Negociación Colectiva N° 8/17;

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE

Artículo 1°.- Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva N° 8/17 de la Comisión

Paritaria Central, suscripta el 11 de mayo de 2017 entre los representantes del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de

Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como

Anexo (IF 2017-11930810-DGTALMH) forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado

de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la

Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Subsecretaria de

Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Mura


ANEXOS

ANEXO de la Resolución 1593-MHGC-17

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
<p>Art. 1 de la Resolución 1593-MHGC-17, instrumenta el Acta 8-17.</p>