RESOLUCIÓN 1608 2017 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
MODIFICA RESOLUCIÓN 1530-MHGC-17 - ARTICULOS 1 Y- VIGENCIA - NOMENCLADOR INDICATIVO DE PRESTACIONES DE ALTA COMPLEJIDAD Y TRASPLANTES DE ÓRGANOS - REGISTRO DE PROVEEDORES DEL FONDO COMPENSADOR - ALTAS Y BAJAS DE CONTRATOS
Publicación:
01/06/2017
Sanción:
30/05/2017
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO
el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1721/GCBA/97, ratificado por la Resolución N°
46/98 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y modificado por las
Leyes N° 19 y 3021, la Resolución N° 867/MHGC/2017, la Resolución N°
1530/MHGC/17 y el Expediente N° 10.359.402/MGEYA/DGTALMH/2017, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1° del Decreto citado se instituye, en forma genérica, un
fondo compensador para todo el personal dependiente del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, quedando a su vez comprendidos las entidades, los
funcionarios y agentes activos y pasivos indicados en su artículo 2°;
Que en dicho contexto, en sus artículos 8° a 11° instituye fondos compensadores por
los siguientes conceptos: fallecimiento del agente del Gobierno de la Ciudad,
fallecimiento de un familiar del agente del Gobierno de la Ciudad, trasplante de
órganos para el agente del Gobierno de la Ciudad y familiares a su cargo y cobertura
por prestaciones de alta complejidad médica que requiera el agente del Gobierno de la
Ciudad y familiares a su cargo;
Que por el artículo 24 del mencionado Decreto, se faculta a la por entonces Secretaría
de Hacienda y Finanzas, hoy Ministerio de Hacienda, a dictar las normas
reglamentarias y complementarias para la ejecución de la norma referida;
Que desde la creación del Fondo Compensador, sucesivas normas fueron
actualizando el Nomenclador Indicativo de Prestaciones de Alta Complejidad y
Trasplante de Organos, con fundamento en la variación de los precios testigos y en la
necesidad de incorporar nuevas prestaciones a las ya establecidas y eliminar otras;
Que en función de las variaciones de mercado, la Obra Social solicitó oportunamente
actualizar el Nomenclador Indicativo de Prestaciones de Alta Complejidad y
Trasplantes de Organos;
Que en virtud de ello se dicta la Resolución 1530/MHGC/2017, norma por la cual se
aprueba el Nomenclador Indicativo de Prestaciones de Alta Complejidad,
estipulándose en el artículo 2° la vigencia de dicho Nomenclador a partir del 1° de junio
de 2017;
Que posteriormente, la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires solicita se modifique
la vigencia de la Resolución ut supra referida, en función de la necesidad de atender la
fecha de corte de los contratos suscriptos con los prestadores que forman parte del
Registro de Proveedores del Fondo Compensador, creado a través del artículo 4° de la
Resolución N° 867/MHGC/2017; con el objeto de instrumentar las altas y bajas de
tales contratos;
Que por la razón esgrimida, la Obra Social solicita se establezca la vigencia del
Nomenclador aprobado por la Resolución N° 1530/MHGC/2017 a partir del 1° de julio
2017;
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 24 del Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1.721/GCABA/97,
Artículo 1°.- Modifíquese el artículo 1° de la Resolución N° 1530/MHGC/2017, el que
quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°.- Déjase sin efecto, a partir del
1° de julio de 2017, el Nomenclador Indicativo de Prestaciones de Alta Complejidad y
Trasplantes de Organos determinado en la Resolución N° 2547-MHGC-16."
Artículo 2°.- Modifíquese el artículo 2° de la Resolución N° 1530/MHGC/2017, el que
quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 2°.- Apruébase a partir del 1° de
julio de 2017, el Nomenclador Indicativo de Prestaciones de Alta Complejidad y
Trasplantes de Organos, en relación con los fondos compensadores creados por los
artículos 10 y 11 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1721/GCABA/97, según se
detalla en el Anexo IF-11740589-DGTALMH-2017 que a todos sus efectos, forma
parte integrante de la presente".
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las diversas Obras Sociales a las cuales aportan los agentes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Instituto Nacional Central Único
Coordinador de Ablación e Implantes (I.N.C.U.C.A.I.), al Banco Ciudad de Buenos
Aires y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y para su conocimiento y
demás fines, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del
Ministerio de Hacienda. Mura
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5139