RESOLUCIÓN 441 2017 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
CREACIÓN DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS - UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES - UOA - DIRECCIÓN GENERAL LEGAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - COMPRAS Y CONTRATACIONES - LEY 2095 - DESIGNACIÓN DE MIEMBROS TITULARES - BRAIAN BURGHARDT - MARCELA VIVIANA MACCHI - LAURA INÉS BERDEAL - SUPLENTES - WALTER FABIÁN LEPRICH - JOSÉ MARÍA GUTIÉRREZ - DELEGACIÓN DE FACULTADES
Publicación:
07/06/2017
Sanción:
23/05/2017
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
VISTO:
Las Leyes Nros. 114 y 2.095 (textos consolidados por Ley N° 5.666), el Decreto
Reglamentario N° 95/14, sus modificatorios Decretos Nros. 114/16 y 411/16, la
Resolución N° 2.624/MHGC/08, el Expediente electrónico N° 11.120.281/MGEYA-
DGLTACDN/2017 y;
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.666) se crea el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en
materia de promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada norman legal, el Consejo goza de autonomía técnica
y administrativa y autarquía financiera;
Que por la Resolución N° 2.624/MHGC/08 se estableció que la Unidad Operativa de
Adquisiciones (UOA) se conformara en la Dirección General Legal Técnica y
Administrativa del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;
Que mediante los artículos 107 y 108 de la Ley 2.095 (texto consolidado por Ley N°
5.666) se establece que el organismo licitante deberá conformar una Comisión de
Evaluación de Ofertas (CEO) cuya integración será determinada por el nivel del
funcionario competente para emitir el acto administrativo, siendo su principal función la
emisión de un Dictamen que proporcione fundamentos necesarios que permitan la
adjudicación por medio del dictado del acto administrativo;
Que por su parte de los artículos 105 y 106 del Decreto Reglamentario N° 95/14 se
establece que en la mencionada Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA) se deberá
constituir la Comisión de Evaluación de Ofertas (CEO) integrada por tres (3) miembros
como mínimo, quienes emitirán un Dictamen de evaluación de ofertas dentro de los
cinco (5) días contados desde la fecha de apertura de las propuestas o el que se fije
en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares en función de la complejidad de la
contratación;
Que por ello deviene necesario crear la Comisión de Evaluación de Ofertas (CEO)
dependiente de la Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA) para el análisis de las
ofertas que se presenten en los procedimientos de selección de proveedores regidos
por la Ley 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su decreto reglamentario
95/14, y cuya adjudicación de acuerdo al cuadro de competencias quede en el ámbito
de este Consejo; En consecuencia, desde la Dirección Operativa de Compras y
Contrataciones se propicia la designación de los agentes Braian Burghardt, DNI N°
29.519.184, Marcela Viviana Macchi, DNI N° 18.100.274, Laura Inés Berdeal, DNI N°
22.269.322 como miembros titulares pertenecientes a la mencionada dirección y a los
agentes Walter Fabián Leprich, DNI N° 23.103.127 en carácter de primer suplente y
José María Gutierrez, DNI N° 13.0835.30 en carácter de segundo suplente, ambos
dependientes de la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil de este
Consejo, conforme surge del IF N° 11657604/DGLTACDN/2017; Asimismo, resulta
necesario delegar la facultad de modificar la conformación de la Comisión de
Evaluación de Ofertas (CEO) en la Directora General Legal Técnica y Administrativa
de este Consejo, en virtud de aportar la debida celeridad a las contrataciones
efectuadas en el marco de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley 5.666);
Que la Dirección General Legal Técnica y Administrativa ha tomado la debida
intervención en erl ámbito de su competencia.
Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N°
5.666), su Decreto Reglamentario N° 95/14 y sus modificatorios, los Decretos Nros.
114/16 y 411/16 y la Resolución N° 32 /AJG/2016,
Artículo 1.- Créase la Comisión de Evaluación de Ofertas (CEO) dependiente de la
Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA) de la Dirección General Legal Técnica y
Administrativa del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para
entender en toda contratación regida por la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N°
5.666) y su Decreto Reglamentario 95/14.
Artículo 2.- Desígnense como miembros titulares de la Comisión a los agentes Braian
Burghardt, DNI N° 29.519.184, Marcela Viviana Macchi DNI N° 18.100.274 y Laura
Inés Berdeal, DNI N° 22.269.322.
Articulo 3.- Desígnense como miembros suplentes a los agentes, Walter Fabián
Leprich, DNI N° 23.103.127, en carácter de primer suplente y al agente José María
Gutiérrez, DNI N° 13.0835.30, en carácter de segundo suplente.
Artículo 4. Establécese que los miembros titulares de cada Comisión intervendrán en
forma conjunta y en caso de que alguno de ellos se ausentase, viéndose imposibilitado
de cumplir con sus funciones, será reemplazado por un miembro suplente, siguiendo
el orden de prelación establecido en el artículo 3.
Artículo 5.- Delegase la facultad de modificar la conformación de la Comisión de
Evaluación de Ofertas (CEO) a la Directora General Legal Técnica y Administrativa de
este Consejo.
Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a la Unidad de Auditoría
Interna de este Consejo y pase para su conocimiento, y demás efectos a la Dirección
Operativa de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Legal
Técnica y administrativa de este organismo. Cumplido, archívese. Leguizamón