RESOLUCIÓN 344 2017 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
INVIERTE SENTIDO DE CIRCULACIÓN - DECRETO ORDENANZA 10407-47 - DE SUDESTE A NOROESTE - CALLE HELGUERA - ENTRE NAVARRO Y GUTENBERG - CARÁCTER EXPERIMENTAL - 90 - NOVENTA - DIAS - PERMITE ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS - 24 HORAS - ACERA IZQUIERDA - ESTABLECE ENTRADA EN VIGENCIA - DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Publicación:
09/06/2017
Sanción:
02/06/2017
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO:
la Ley 2148 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Expediente N° EX-2017-
10145279- - MGEYA-DGTYTRA y la Resolución N° 201/SECTRANS/16; y
CONSIDERANDO:
Que vecinos del barrio de Villa del Parque solicitan la inversión del sentido circulatorio
de la calle Helguera, entre las calles Navarro y Gutenberg, de SE a NO, dando así
mayor seguridad al acceso de los automóviles a la zona tratada;
Que se procedió al estudio de la cuadrícula en cuestión, estimandose la viabilidad de
lo anteriormente manifestado, toda vez que dicha medida coadyuva con el
ordenamiento del tránsito y la fluidez vehicular del área aludida;
Que, asimismo, surge la necesidad de contemplar la permisión del estacionamiento
general de vehículos junto al cordón de la acera izquierda, en la calle, Helguera entre
las calles Navarro y Gutenberg.
Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte
se encuentra el ejercicio de la facultad para entender en cuestiones como la
anteriormente planteada;
Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de
Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para entender en cuestiones relativas
al tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado la intervención de su
competencia;
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que disponga
dicha prohibición de estacionamiento;
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias;
Articulo 1° - Inviértase, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las
disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a
las calles con sentido único de circulación, al siguiente tramo de arteria: Calle
Helguera, entre las calles Navarro y Gutenberg, de SE a NO.
Artículo 2° - Permítase, según el sentido de circulación durante las 24 hs., el
estacionamiento general de vehículos junto al cordón de la acera izquierda, en la calle,
Helguera entre las calles Navarro y Gutenberg.
Articulo 3° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral (vertical, horizontal) que proyectará y ejecutará la
Dirección General de Tránsito y Transporte.
Artículo 4° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, a la Dirección General de
Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la Policía Federal
Argentina, Policía de la Ciudad, a las Dirección General Cuerpo de Agentes de Control
del Tránsito y Seguridad Vial y a las Gerencias Operativas de Planeamiento y
Ordenamiento del Tránsito y de Señalización Vial. Cumplido, remítase a la Gerencia
Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito para los fines propuestos en
el artículo anterior. Galuzzi