DISPOSICIÓN 146 2017 DIRECCION GENERAL DE CEMENTERIOS

Síntesis:

ESTABLECEN REQUISITOS - EMPRESAS DE SERVICIOS FÚNEBRES - DECLARACIÓN JURADA - DIRECCIÓN GENERAL CEMENTERIOS - OBLIGATORIO - FORMULARIO - MODELO - SERVICIO DE INHUMACIÓN O CREMACIÓN - ÁREA POLICÍA MORTUORIA - PODER DE POLICÍA MORTUORIA - SERVICIOS FUNERARIOS PÚBLICOS Y PRIVADOS - OBLIGATORIEDAD - REQUISITOS - SANCIONES 

Publicación:

26/06/2017

Sanción:

12/06/2017

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE CEMENTERIOS


VISTO

la Ley N° 4977 y la Disposición N°130/DGCEM/004;

CONSIDERANDO:

Que se hallan sujetos al Poder de Policía Mortuoria todas las Empresas de Servicios

Fúnebres que ejercen actividad dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires,

resultando que el ejercicio de dicho poder por parte de la Dirección General de

Cementerios tiene fundamento normativo tanto en el Decreto-Ordenanza N° 12.917/62

como en el artículo 6° de la Ley N° 4977, en cuanto que "El poder de policía en

materia mortuoria será ejercido por la Autoridad de Aplicación, con relación a los

cementerios públicos y privados existentes y/o a crearse, así como también respecto

de todas las operaciones o servicios vinculados con los mismos y sobre toda otra

actividad relacionada con los cementerios o que se desarrolle dentro de los mismos,

conforme los parámetros del presente régimen", lo cual indica que el poder de policía

no se constriñe al espacio físico de los cementerios públicos o privados existentes en

la ciudad de Buenos Aires, sino que se extiende a las operaciones, servicios o

actividades vinculadas o conexas con aquellos, entre las que se ubican las empresas

de servicios fúnebres;

Que, asimismo, en línea con las consideraciones supra desarrolladas y en pos de

cumplir adecuadamente con propender a mejorar la calidad en la prestación de los

servicios funerarios públicos y privados, en tanto principio rector definido en el artículo

1° de la Ley N° 4977, debe exigirse el cumplimiento del marco regulatorio aplicable a

las empresas de servicios fúnebres, a la luz de los parámetros normativos reseñados,

en pos de exigir la máxima transparencia en el ejercicio de las prestaciones y servicios

a cargo de aquellas y de una actividad administrativa que garantice los fines e

intereses tutelados por el orden jurídico vigente en materia mortuoria;

Que la Disposición N°130/DGCEM/004 exigió a las Empresas de Servicios Fúnebres

la confección, con carácter de obligatorio, de un formulario al momento de solicitar el

servicio de inhumación o cremación

Por ello y en uso de las facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DE CEMENTERIOS

DISPONE:

Artículo 1°.- Las Empresas de Servicios Fúnebres deberán presentar, con carácter de

obligatorio, un formulario cuyo modelo, como Anexo Disposición DI-2017-12263810-

DGCEM, forma parte de la presente, al momento de solicitar el servicio de inhumación

o cremación.

Artículo 2°.- Los formularios deberán estar previamente registrados por el Área Policía

Mortuoria, quien verificará el uso de los mismos. La registración previa se adaptará a

solicitud de Empresas que posean sistemas informáticos desde donde se emitan

dichos formularios.

Artículo 3°.- La mencionada presentación deberá estar completada a máquina y

firmada por la persona que se hace cargo del servicio y por personal de la empresa

autorizado ante esta Dirección General de Cementerios, y revestirá carácter de

Declaración Jurada.

Artículo 4°.- Serán sancionadas con suspensión y baja en caso de reincidencia, las

Empresas de Servicios Fúnebres que falseen información en la solicitud del servicio.

Artículos 5°.- Déjase sin efecto la Disposición N°130/DGCEM/004.

Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, cúrsese notificación fehaciente al nombrado en el artículo 1° de la

presente. Por cuerda separada, comuníquese a las Gerencias Operativas de los

Cementerios de la Chacarita, Flores, Recoleta, del Crematorio de la Ciudad de Buenos

Aires, de Planeamiento y Registración y a los Departamentos Mortuorio y

Administrativo, al Área de Policía Mortuoria y a la Gerencia Operativa Central de

Defunciones dependiente de la Dirección General Registro del Estado Civil y

Capacidad de las Personas. Cumplido, archívese. Somoza


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5155

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Art. 5 de la Disposición 146-DGCEM-2017, deroga la Disposición 130-DGCEM-2004 (NO PUBLICADA).</p>