RESOLUCIÓN 1339 2017 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
AMPLIACIÓN - CARGA HORARIA - MAESTROS DE GRADO - JORNADA COMPLETA - ACTIVIDADES Y CAPACITACIONES - AMPLIACIÓN EN SIETE HORAS CÁTEDRAS SEMANALES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - DE HACIENDA - NIVEL PRIMARIO - PROGRAMA - INTENSIFICACIÓN - CAMPO DEL CONOCIMIENTO - NUEVAS TECNOLOGÍAS - ADICIONAL REMUNERATIVO - BONIFICABLE POR ANTIGÜEDAD - PERSONAL DOCENTE -
Publicación:
26/06/2017
Sanción:
16/06/2017
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
El Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, las Resoluciones N° 3021/SED/04 y N°
1849/MEGC/17, el Expediente Electrónico N° 12.884.936/MGEYA-DGEGE/2017, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 5.460 y su modificatoria se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose que corresponde al
Ministerio de Educación asistir al Jefe de Gobierno en todo lo inherente a sus
competencias de acuerdo a diferentes objetivos, entre ellos, diseñar, promover,
implementar y evaluar las políticas, programas y proyectos educativos y sociales que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social;
Que mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que oportunamente, por la Resolución N° 3021/SED/04, se resolvió la creación del
Programa de Escuelas con Intensificación en un Campo del Conocimiento, el que se
implementaría en forma progresiva;
Que la intensificación en un campo del conocimiento se constituye como una
reorganización pedagógica que contribuye a promover una diversificación de
experiencias formativas para los alumnos/as;
Que a partir de la creación de dicho Programa, se implementó en distintas áreas la
intensificación en diversos campos curriculares, con experiencias positivas, que han
enriquecido la formación y educación de los alumnos/as alcanzados por el mismo;
Que en dicho marco, el Ministerio de Educación, por la Resolución N° 1849/MEGC/17
amplió el alcance del programa Intensificación en un Campo del Conocimiento creado
por Resolución N° 3021/SED/04, en "Nuevas Tecnologías" de conformidad con los
lineamientos pedagógicos que se detallan en el Anexo I que forma parte de la misma,
estableciéndose que el mismo se implementará en forma progresiva en las Escuelas
que oportunamente se designen;
Que a los fines de garantizar el correcto funcionamiento del programa Intensificación
en un Campo del Conocimiento en "Nuevas Tecnologías", se requiere incrementar la
jornada escolar para llevar a cabo las actividades y capacitaciones necesarias;
Que en tal sentido, en el marco de la implementación del referido Programa deviene
necesario y oportuno ampliar en siete (7) horas cátedras semanales, la carga horaria
de los docentes de aquellos establecimientos educativos que se designen a tal fin;
Que por el Artículo 17 de la Ley N° 5460, se establecen las competencias del
Ministerio de Hacienda;
Que a los fines del cumplimiento de la presente, resulta conveniente facultar al
Ministerio de Educación a designar y cesar al personal comprendido en la presente
Resolución Conjunta, conforme a la política educativa vigente;
Que la Dirección General Planificación y Control Operativo dependiente de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y la
Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de Educación
han tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Amplíese en siete (7) horas cátedras semanales, la carga horaria de los
maestros de grado de jornada completa que se desempeñarán en las escuelas de
Nivel Primario que se designen en el marco el programa Intensificación en un Campo
del Conocimiento en "Nuevas Tecnologías", cuya ampliación fue aprobada por
Resolución N° 1849/MEGC/17.
Artículo 2.- Establécese como compensación para los docentes de ejecución que, en
forma expresa, acepten la ampliación de sus jornadas laborales de acuerdo con lo
especificado en el artículo 1, un adicional remunerativo, bonificable por antigüedad,
que resulta de aplicar el valor monetario del índice de asignación de cargo uno (1)
utilizado para conformar el sueldo básico del personal docente dependiente del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre el índice de asignación por
cargo equivalente al valor en puntos de 1 hora cátedra de nivel medio por cada hora
de ampliación.
Artículo 3.- Facúltase a la Sra. Ministra de Educación y/o a quien ésta designe, para
dictar las normas complementarias necesarias para la implementación de la presente
Resolución.
Artículo 4.- El gasto que demande la presente Resolución, será imputado a la Partida
Presupuestaria vigente.
Artículo 5.- Establécese que el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a
fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1° presente Resolución.
Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la
Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes y a la Subsecretaría
Gestión de Recursos Humanos dependientes del Ministerio de Hacienda, y para su
conocimiento y demás fines comuníquese a las Subsecretarías de Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa, de Carrera Docente y Formación Técnico
Profesional. Cumplido, archívese. Acuña - Mura