DISPOSICIÓN 163 2017 DIRECCION GENERAL FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL

Síntesis:

APRUEBA PROYECTOS -  CONVOCATORIA 2017 - PROGRAMA FORTALECIMIENTO A ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL- SUBSIDIOS ORGANIZACIONES SIN FINES DE LUCRO - GRUPOS VULNERABLES  - BASES - REQUISITOS - CRITERIOS DE EVALUACIÓN - MONTOS DE FINANCIACIÓN - COMISIÓN EVALUADORA - DIRECCIÓN  GENERAL FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL - SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN SOCIAL

Publicación:

07/07/2017

Sanción:

30/06/2017

Organismo:

DIRECCION GENERAL FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL


VISTO:

Visto la Ley N° 5.460 (texto consolidado Ley N° 5.666), los Decretos N° 956/2009,

modificado por el N° 329/2016, el Decreto 363/15 y sus modificatorios y la Resolución

N° 147-MHYDHGC-2017 y su Resolución modificatoria N° 514-MHYDHGC-2017.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución N° 147-MHYDHGC-2017 la Sra. Ministra de Hábitat y

Desarrollo Humano aprobó la Convocatoria 2017 del Programa Fortalecimiento a

Organizaciones de la Sociedad Civil.

Que, en el Anexo I de la norma mencionada supra, se fijan las Bases para la

Convocatoria 2017, cuyos requisitos, criterios de evaluación y montos de financiación

y viabilidad de los proyectos presentados, se establecen bajo la órbita de esta

Dirección General dependiente de la Subsecretaría de Promoción Social;

Que el Programa Fortalecimiento a Organizaciones de la Sociedad Civil brinda apoyo

a través de subsidios a las Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro,

Iglesias, Universidades y/u Organizaciones Religiosas que acrediten domicilio en la

Ciudad de Buenos Aires, cuyo objeto social incluya la atención de problemáticas o

cuestiones de carácter específico o universal vinculadas a grupos en situación de

vulnerabilidad social; y preferentemente acrediten experiencia previa en la ejecución

de acciones vinculadas con el proyecto presentado;

Que los integrantes de la Comisión Evaluadora designada conforme las Resoluciones,

previo a la suscripción de los convenios con las entidades seleccionadas, han

procedido a dictaminar en lo relativo a la viabilidad y procedencia de los proyectos

presentados, acordando su aprobación o rechazo;

Que analizadas las recomendaciones para la aprobación y financiación, corresponde a

la que suscribe disponer la nómina de las organizaciones cuyos proyectos han sido

seleccionados y elevarlos a la autoridad competente;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL

DE FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébese la financiación para los proyectos seleccionados por la

Comisión Evaluadora en el marco de las facultades conferidas por la Resolución N°

147-MHYDHGC-2017 y su Resolución modificatoria N° 514-MHYDHGC-2017 para la

Convocatoria 2017 del Programa Fortalecimiento a Organizaciones de la Sociedad

Civil, dentro de la órbita de esta Dirección General, dependiente de la Subsecretaria

de Promoción Social.

Artículo 2°.- Establécense como aprobados aquellos proyectos presentados por las

Organizaciones de la Sociedad Civil comprendidas dentro de las categorías de

investigación, capacitación, difusión, gestión asociada, producción y desarrollo de

nuevas tecnologías e implementación en temáticas de voluntariado en general,

fortalecimiento de organizaciones de la sociedad civil, niñez, adolescencia, juventud,

tercera edad, género, adicciones, personas en situación de calle, nutrición, inclusión

social, ampliación de ciudadanía, población en situación de vulnerabilidad social en

general y personas con discapacidad, bajo las modalidades, condiciones y montos

otorgados que como Anexo (IF N° 2017-15224042-DGFSCIV) se consignan en la

presente Disposición.

Artículo 3°.- Comuníquese a las Organizaciones de la Sociedad Civil indicadas en el

Artículo precedente cuyos proyectos hayan sido aprobados para la Convocatoria 2017

del dictado de la presente Disposición.

Artículo 4°.- Elévense oportunamente los antecedentes a la autoridad competente una

vez suscriptos los convenios correspondientes a las entidades seleccionadas, a fin de

perfeccionar dichos instrumentos y proceder, en caso de estimarlo corresponder, al

otorgamiento de los subsidios resueltos.

Artículo 5°.- Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires. Cumplido, archívese. Bacigalupo


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 Disposición 163-DGFSCIV-17 aprueba financiación para proyectos seleccionados por la Comisión Evaluadora  en el marco de las facultades conferidas por Resolución N° 147-MHYDHGC-2017 y modificatoria N° 514-MHYDHGC-2017 .</p>