RESOLUCIÓN 456 2017 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
PRORROGA RESOLUCIÓN 96-SSTYTRA-17 - INVIERTE SENTIDO DE CIRCULACIÓN - CALLE VUELTA DE OBLIGADO ENTRE VIRREY DEL PINO Y VIRREY LORETO - TRANSPORTE Y TRÁNSITO - SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - MODIFICACIÓN - PERMISO DE ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS - SUBSECRETARÍA TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Publicación:
07/07/2017
Sanción:
28/06/2017
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO:
La Ley 2148 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los Expedientes N° EX-2017-
06425116- -MGEYA-DGTYTRA y EX-2017-14169299-MGEYA-DGTYTRA y las
Resoluciones N° 201/SECTRANS/16 y 96/SSTYTRA/2017, y
CONSIDERANDO:
Que por los expedientes citados en el Visto tramitó la inversión de sentido de
circulación, con carácter transitorio y experimental por el término de 90 días corridos,
de la arteria Vuelta de Obligado entre las calles Virrey Del Pino y Virrey Loreto, en
sentido NO A SE que dio lugar a la Resolución N° 96-SSTYTRA- 2017;
Que, asimismo, se permitió el estacionamiento general de vehículos junto al cordón de
la acera izquierda, en la arteria Vuelta de Obligado, entre las calles Virrey del Pino y
Virrey Loreto, durante las 24 hs;
Que la medida dispuesta coadyuva con el ordenamiento del tránsito y la fluidez
vehicular, preservando las condiciones de seguridad y circulación del área aludida, con
lo cual es necesario disponer la pertinente prórroga;
Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte
se encuentra el ejercicio de la facultad para entender en cuestiones como la
anteriormente planteada;
Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de
Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y
cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que disponga la
mentada prórroga.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,
Artículo 1°. - Prorrogar por el término de noventa (90) días corridos la Resolución N°
96-SSTYTRA/17, y hasta tanto la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
se expida sobre la misma.
Artículo 2°.- Propiciar ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
de carácter definitivo al ordenamiento oportunamente aprobado.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, y remítase a
la Dirección General de Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la
Policía de la Ciudad, y a las Direcciones Generales Cuerpo de Agentes de Control del
Tránsito y Seguridad Vial, y de Planificación de la Movilidad. Cumplido, archívese.
Galuzzi