ORDENANZA 51046 1996
Síntesis:
CREA EL MUSEO DE SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES EN DEPENDENCIAS DEL MUSEO DE LA CIUDAD - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO)
Publicación:
13/12/1996
Sanción:
31/10/1996
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
22/11/1996
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024
LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Artículo 1 ° - Créase el �Museo de Subterráneos de Buenos Aires" en dependencias del Museo de la Ciudad con el fin específico de rescatar, conservar, exhibir, documentar y difundir los bienes culturales que lo integren.
Art. 2� - El patrimonio del Museo estará integrado por:
a) obras de valor artístico y/o cultural, muebles o inmuebles;
b) murales, frisos, revestimientos, solados, azulejos, mayólica, herrería, etc., "in situ" como fueron proyectados y construidos en origen;
c) bienes desafectados de la concesión;
d) archivo documental;
e) donaciones y legados; existentes en la líneas de subterráneos en sus actuales emplazamientos y en las futuras que se creen.
Art. 3� - Las actividades del Museo no podrán interferir en la prestación del servicio ferroviario a cargo del concesionario de subterráneos.
Art. 4� - Los gastos que demande el cumplimiento de la presente, serán imputados en la partida correspondiente al Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos 1995 prorrogado automáticamente para el Ejercicio 1996 en virtud de lo dispuesto por el artículo 23 de la Ordenanza N� 43.311 y según Decreto N� 143/96.
Art. 5� - Comuníquese, etcétera.