RESOLUCIÓN 549 2017 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
SE OTORGA - DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN VEHICULAR - CARÁCTER TRANSITORIO - CALLE MIGUELETES ENTRE JOSÉ HERNÁNDEZ Y VIRREY DEL PINO - OBRA VIADUCTO ELEVADO SOBRE LAS VÍAS DEL FFCC MITRE - PROHBICIÓN DE ESTACIONAR - PROHIBE ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS - AMBAS ACERAS - SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Publicación:
10/08/2017
Sanción:
27/07/2017
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO:
el Expediente N.° EX-2017-15368019-MGEYA-DGTYTRA, y
CONSIDERANDO:
Que, con motivo de las obras de construcción del "Viaducto elevado sobre las vías del
FFCC Mitre", es necesario modificar transitoriamente y hasta la finalización de dichas
obras, el sentido de circulación de la calle Migueletes, entre las arterias José
Hernández y Virrey del Pino;
Que, en tal sentido, se torna necesario otorgar doble sentido de circulación simétrico la
calle Migueletes entre las arterias José Hernández y Virrey del Pino, hasta la
finalización de las obras del Viaducto mencionado en el considerando anterior;
Que tales medidas persiguen mejorar las condiciones de circulación, sobre la arteria
determinada, para canalizar la fluidez del tránsito durante toda la etapa de obras;
Que, con idéntica finalidad se establece la prohibición de estacionamiento junto al
cordón de ambas aceras en el tramo de arteria descripta durante las 24 horas;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1°.- Otórguese doble sentido de circulación a la calle Migueletes entre las
arterias José Hernández y Virrey del Pino,hasta la finalización de las obras
del"Viaducto elevado sobre las vías del FFCC Mitre".
Artículo 2°.- Prohíbase el estacionamiento general de vehículos junto al cordón de
ambas aceras en la calle Migueletes entre las arterias José Hernández y Virrey del
Pino.
Artículo 3°.-La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado
elpertinente señalamiento vertical que proyectará la Gerencia Operativa de
Planeamiento y Ordenamiento de Tránsito y ejecutará la empresa AUSA.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Policía de la Ciudad, a las Direcciones Generales de Tránsito y
Transporte, de Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, de
Planificación de la Movilidad, a la empresa AUSA, y a las Gerencias Operativas de
Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito y de Señalamiento Vial. Cumplido,
remítase a la Gerencia Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito para
los fines propuestos en el artículo anterior. Galuzzi