RESOLUCIÓN 3324 2017 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

MODIFICA RESOLUCIÓN 2307-MEGC-17 ARTÍCULO 1 - GERENCIA OPERATIVA LENGUAS EN LA EDUCACIÓN - GESTIÓN EN FORMA EXCLUSIVA E INHERENTE - SUPERVISIÓN COORDINADORA DE MATERIAS ESPECIALES DE IDIOMAS EXTRANJEROS - FUNCIONES ESPECÍFICAS - REGLAMENTO ESCOLAR - DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA -CONCURSOS CARGOS DE BASE Y ASCENSO A CARGO COREAP Y JUNTA CURRICULAR DE CLASIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE CONCURSOS DOCENTES - MATERIAS ESPECIALES - GERENCIA OPERATIVA DE LENGUAS EN LA EDUCACIÓN - DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PRIMARIA - ENSEÑANZA DE IDIOMAS EN ESCUELAS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

30/08/2017

Sanción:

17/08/2017

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO:

La Ley N° 5.460, el Estatuto Docente Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado Ley N°

5.666); el Decreto N° 129/2017, la Resolución N° 2307/MEGC/2017, el Expediente

Electrónico N° 2017/18777555/DGPLEDU, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley N° 5.460 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que de acuerdo al artículo 20 de dicha Ley, el Ministerio de Educación tiene entre sus

objetivos diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas

educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al

desarrollo individual y social; planificar y administrar los recursos del sistema educativo

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y promover y coordinar las

acciones vinculadas con el fomento de la ciencia y la tecnología;

Que conforme el Decreto N° 129/2017, la Subsecretaría de Planeamiento e Innovación

Educativa tiene entre sus responsabilidades primarias las de proponer e implementar

la política de inclusión de lenguas extranjeras en el sistema educativo y evaluar y

promover mecanismos de certificación de los estudios en las distintas lenguas

extranjeras;

Que, por su parte, la Dirección General de Planeamiento Educativo tiene entre sus

responsabilidades primarias las de proponer e implementar la política de inclusión de

lenguas extranjeras en el sistema educativo; proponer y promover mecanismos de

certificación de los estudios de las distintas lenguas extranjeras y diseñar proyectos y

acciones vinculadas a la mejora de la enseñanza de lenguas adicionales y su

implementación;

Que asimismo, la Gerencia Operativa Lenguas en la Educación, dependiente de la

Dirección General de Planeamiento Educativo de la Subsecretaría de Planeamiento e

Innovación Educativa, tiene entre sus responsabilidades primarias proponer y asistir

en la implementación y evaluación de políticas educativas e inclusivas en materia de

lenguas adicionales; asistir en el diseño de proyectos de enseñanza de lenguas

adicionales y acompañar en su implementación a los equipos del sistema educativo

formal y no formal;

Que la referencia a lenguas en la educación alude a idiomas extranjeros y a lenguas

de los pueblos originarios;

Que asimismo, resulta necesario encomendar la promoción de acciones de

articulación entre la Supervisión Coordinadora de Materias Especiales de Idiomas

Extranjeros y la Gerencia Operativa de Lenguas en la Educación que propicien la

mejora de la enseñanza de idiomas en las escuelas y promuevan la cooperación con

la Dirección de Educación Primaria;

Que dichas acciones se enmarcan en la unidad educativa y pedagógica de la escuela

primaria, en la cual todos los maestros, directivos y supervisores forman parte

integrante de la misma y del proyecto institucional que la propia Escuela diseña;

Que conforme los considerandos antes mencionados se dictó la Resolución N°

2307/MEGC/2017;

Que la Resolución antes mencionada no modifica el Estatuto Docente Ordenanza N°

40.593 (texto consolidado Ley N° 5.666) y/o sus normas reglamentarias, y que todas

las instancias de concursos para los cargos de base y ascenso seguirán a cargo de la

COREAP y de la Junta Curricular de Clasificación y Seguimiento de Concursos

Docentes de materias especiales y no existirán cambios en los listados para la

cobertura de interinatos y suplencias a los cuales se accede a través de los

mecanismos estatutarios;

Que, asimismo, lo aquí resuelto no alterará la conformación de las Plantas Orgánicas

Funcionales, como así tampoco las creaciones o ampliaciones que a futuro se

realicen;

Que lo expuesto permitirá otorgar mayor especificidad pedagógica en la

implementación de idiomas extranjeros en las escuelas y brindar acompañamiento en

la incorporación de nuevas tecnologías, plataformas, contenidos y experiencias

didácticas;

Que en virtud de las aclaraciones expuestas en los presentes considerandos, deviene

necesario modificar la redacción del artículo 1 de la Resolución N° 2307/MEGC/2017 y

establecer el alcance de la misma;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Modifíquese el artículo 1 de la Resolución N° 2307/MEGC/2017, el que

quedará redactado de la siguiente manera: "Encomiéndase a la Gerencia Operativa

Lenguas en la Educación, dependiente de la Dirección General de Planeamiento

Educativo de la Subsecretaría de Planeamiento e Innovación Educativa, la gestión en

forma exclusiva e inherente de la Supervisión Coordinadora de Materias Especiales de

Idiomas Extranjeros".

Artículo 2.- Hágase saber que la gestión aludida en el artículo anterior no implica

modificación estatutaria Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado Ley N° 5.666) y/o sus

normas reglamentarias, y que todas las instancias de concursos para los cargos de

base y ascenso seguirán a cargo de la COREAP y de la Junta Curricular de

Clasificación y Seguimiento de Concursos Docentes de materias especiales y no

existirán cambios en los listados para la cobertura de interinatos y suplencias a los

cuales se accede a través de los mecanismos estatutarios, como así tampoco alterará

la conformación de las Plantas Orgánicas Funcionales, ni las creaciones o

ampliaciones que a futuro se realicen.

Artículo 3.- Encomiéndase a la Gerencia Operativa de Lenguas en la Educación la

promoción de acciones de articulación con la Supervisión Coordinadora de Materias

Especiales de Idiomas Extranjeros que propicien la mejora de la enseñanza de

idiomas en las escuelas y promuevan la cooperación con la Dirección de Educación

Primaria, sin perjuicio de las restantes funciones que desempeñan y las que puedan

establecerse.

Artículo 4.- Arbítrense los medios necesarios a los fines de establecer las funciones

específicas de la Supervisión Coordinadora de Materias Especiales de Idiomas

Extranjeros, las que serán incorporadas al Reglamento Escolar.

Articulo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Subsecretarías de Planeamiento e

Innovación Educativa, de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y de Carrera

Docente y Formación Técnica Profesional, a las Direcciones Generales de

Planeamiento Educativa, de Educación de Gestión Estatal y de Personal Docente y No

Docente, y a la Dirección de Educación Primaria. Cumplido, archívese. Acuña

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 Resolución 3324-MEGC-17 modifica  artículo 1  Resolución 2307-MEGC-2017.- </p>