RESOLUCIÓN 631 2017 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
CONFORMACIÓN - CUERPO ÚNICO DE PROFESORES Y PROFESIONALES DE CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA - POLICÍA DE LA CIUDAD - ÁMBITO - DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE SEGURIDAD - DELEGACIÓN DE PROTOCOLOS Y PROCEDIMIENTOS - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y RECURSOS HUMANOS DE SEGURIDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Publicación:
13/09/2017
Sanción:
31/08/2017
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO:
Las Leyes N° 5.460 (texto consolidado según Ley N° 5.666) y N° 5.688, los Decretos
Nros. 363/15, 207/17 y 226/17, el Expediente N° 2017-19242772-DGARHS, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 5.460 (texto consolidado según Ley N° 5.666) se aprobó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el artículo 2° de la citada Ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que, la Ley N° 5.688 regula el Sistema Integral de Seguridad Pública, estableciendo
las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, a través del artículo 68 de la precitada Ley se creó la Policía de la Ciudad de
Buenos Aires, que cumple con las funciones de seguridad general, prevención,
conjuración, investigación de los delitos, protección y resguardo de personas y bienes,
y de auxiliar de la Justicia;
Que mediante el artículo 70 de la Ley N° 5.688 se establece que la Policía de la
Ciudad depende jerárquica y funcionalmente del Jefe de Gobierno a través del
Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que, por Decretos Nros. 363/15, 207/17 y su modificatorio Decreto N° 226/17 se
aprobó la estructura organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad, creándose la
Secretaría de Administración de Seguridad y modificándose la denominación,
funciones y responsabilidades de la Subsecretaría de Gestión Administrativa y
Recursos Humanos de Seguridad;
Que el Decreto N° 207/17 describió las responsabilidades primarias de la
Subsecretaría de Gestión Administrativa y Recursos Humanos de Seguridad, entre
ellas, la de implementar acciones coordinadas de apoyo para lograr efectividad en la
gestión administrativa, de registros, sistematización de datos y aprovechamiento de
recursos humanos de la Policía de la Ciudad y de la Secretaría de Administración de
Seguridad;
Que asimismo el citado Decreto N° 207/17 describió dentro de las responsabilidades
primarias de la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de
Seguridad, la de detectar necesidades y proponer acciones de capacitación y
desarrollo para los recursos humanos de la Secretaría de Administración de Seguridad
y del personal de la Policía de la Ciudad;
Que revisten en la Secretaría de Administración de Seguridad y en la Policía de la
Ciudad profesionales y profesores vinculados a las ciencias de la actividad física;
Que dicha área tiene relevancia en toda la estructura del personal de la Policía de la
Ciudad dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, y en la óptima provisión del
servicio de seguridad pública;
Que la tarea policial presenta características especiales y requisitos específicos
respecto al desempeño físico del personal, cuya atención requiere el funcionamiento
de un área, dentro de la Dirección General de Administración de Recursos Humanos
de Seguridad, que nuclee, supervise, trabaje en red y propicie cursos de acción para
los profesionales mencionados que revistan en la Policía de la Ciudad;
Que la conformación de un Cuerpo Único de Profesores y Profesionales de Ciencias
de la Actividad Física resulta una herramienta eficaz para unificar la capacitación y
realizar el seguimiento del rendimiento físico del personal con estado policial de la
Policía de la Ciudad con el objeto de que se mantengan y potencien las condiciones
más idóneas para el desarrollo del quehacer policial propendiendo al logro de una
aptitud operativa que permita afrontar de la forma más eficiente posible las exigencias
que requiere la función encomendada;
Que asimismo, el responsable del Cuerpo Único tendrá entre sus misiones convocar,
destinar y coordinar al personal que lo integre, proponer cronogramas de actividades,
formular estándares y objetivos de desempeño a alcanzar, propiciar la suscripción de
los protocolos de actuación y directivas que elabore en el marco de sus tareas,
coordinar reuniones del personal y proponer diseños respecto a los espacios de
entrenamiento existentes y futuros tomando en consideración las particularidades de la
tarea policial y del servicio, y demás acciones que requiera el desempeño de su
actividad, como así también proponer a la Subsecretaría de Administración y Recursos
Humanos de Seguridad la nómina del personal que se encuentre en condiciones de
participar en eventos y competencias deportivas nacionales e internacionales,
representando a la Policía de la Ciudad;
Que en efecto, resulta procedente incentivar la participación en competencias
deportivas vinculadas a las distintas destrezas que hacen a la función policial, por
cuanto no sólo mejoran el rendimiento del agente que se entrena y capacita para estas
actividades, sino que fortalecen los vínculos sociales con miembros de otras fuerzas o
instituciones relacionadas con el sistema de seguridad;
Que atento el compromiso institucional que implica la participación de agentes de la
Policía de la Ciudad en competencias deportivas, deviene imprescindible la
intervención del Cuerpo Único para la realización de una acabada evaluación tanto de
la actividad en la que se pretenda participar como de las condiciones de las personas
que asumirán la representación de la fuerza en el evento del que se trate;
Que en este orden de ideas, en pos de la racionalización de recursos y de la
optimización de su desempeño, resulta necesaria la conformación dentro de la
Dirección General de Administración de Recursos Humanos de Seguridad de un
Cuerpo Único de Profesores y Profesionales de Ciencias de la Actividad Física, con
injerencia en la Policía de la Ciudad;
Que resulta oportuno delegar en la Subsecretaría de Gestión Administrativa y
Recursos Humanos de Seguridad la aprobación de los protocolos de actuación,
directivas y cronogramas que el mismo propicie y la implementación de los
procedimientos que requiera;
Que la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad ha tomado la
intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Confórmase en el ámbito de la Dirección General de Administración de
Recursos Humanos de Seguridad, el Cuerpo Único de Profesores y Profesionales de
Ciencias de la Actividad Física de la Policía de la Ciudad.
Artículo 2°.- Delégase en la Subsecretaría de Gestión Administrativa y Recursos
Humanos de Seguridad el dictado de los protocolos y procedimientos de ejecución,
control y/o cualquier otra tarea que guarde relación con ello, para la actuación del
Cuerpo Único de Profesores y Profesionales de Ciencias de la Actividad Física.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Sr. Subjefe de la Policía de la Ciudad, a la Secretaría de Seguridad, a
la Subsecretaría de Gestión Administrativa y Recursos Humanos de Seguridad, y a la
Dirección General Administración de Recursos Humanos de Seguridad. Cumplido,
para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Gestión
Administrativa y Recursos Humanos de Seguridad. Ocampo