RESOLUCIÓN 631 2017 MINISTERIO DE MODERNIZACION, INNOVACION Y TECNOLOGIA

Síntesis:

SE OTORGAN FACULTADES A LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA - DISTRITO TECNOLÓGICO - ENCOMIENDA DIRECCIÓN GENERAL DISTRITOS ECONÓMICOS - SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO - REGISTRO DE EMPRESAS DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN TIC - DEJA SIN EFECTO NOMENCLADOR DE ACTIVIDADES TIC  RESOLUCIÓN 425-MDEGC-09 

Publicación:

19/09/2017

Sanción:

14/09/2017

Organismo:

MINISTERIO DE MODERNIZACION, INNOVACION Y TECNOLOGIA


VISTO:

Las Leyes Nros. 2.972, 5.234 y 5.460, los Decretos Nros. 363/15 y 675/16, las

Resoluciones Nros. 425/MDEGC/09 y 164/MDEGC/11, el Expediente Electrónico N°

EX-2017- 15338319-DGDECO

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.972 creó el Distrito Tecnológico de la Ciudad Autónoma con el fin de

fomentar la radicación, en el perímetro allí definido, de personas humanas y jurídicas

cuya actividad principal se refiera a las Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones (TIC), a través del otorgamiento de determinados incentivos

promocionales y beneficios;

Que la mencionada Ley designó al anterior Ministerio de Desarrollo Económico como

Autoridad de Aplicación, facultándolo, entre otras, a llevar el Registro de Empresas de

Tecnologías de la Información y la Comunicación (Registro de Empresas TIC),

otorgando y cancelando las inscripciones de los beneficiarios, de acuerdo con el

cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley y la reglamentación;

Que por Resolución N° 425/MDEGC/09, el ex Ministerio de Desarrollo Económico

facultó a la anterior Subsecretaría de Desarrollo Económico a llevar el Registro de

Empresas TIC, otorgando, negando y cancelando las inscripciones mediante la

correspondiente resolución, así como también a coordinar con la Administración

Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) el intercambio de información relevante a

los fines del mejor cumplimiento de las facultades y objetivos de ambos organismos en

relación con la Ley N° 2.972;

Que dicha Resolución otorgó asimismo diversas facultades a la Subsecretaría de

Inversiones, entre las que se encuentran promover el Distrito Tecnológico, fomentar su

desarrollo y evolución, coordinar e implementar su estrategia de internacionalización, y

desarrollar, coordinar e implementar la estrategia de atracción de inversiones;

Que con posterioridad, mediante la Resolución N° 164/MDEGC/11, se trasladó la

facultad de llevar el Registro de Empresas TIC a la ex Dirección General de Gestión

de Inversiones, dependiente de la anterior Subsecretaria de Inversiones;

Que por Ley N° 5.460 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, atribuyéndole las misiones y

funciones correspondientes al entonces Ministerio de Desarrollo Económico, por lo que

debe considerársele su continuador;

Que mediante el Decreto N° 363/15, se aprobó la estructura organizativa dependiente

del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, determinando que la ex

Subsecretaría de Inversiones y la ex Dirección General Gestión de Inversiones

formasen parte del actual Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología;

Que atento al cambio en la estructura orgánico funcional del Ministerio de

Modernización, Innovación y Tecnología mediante Decreto N° 675/16, la actual

Dirección General Distritos Económicos, dependiente de la Subsecretaría de

Desarrollo Económico, tiene entre sus facultades primarias "Administrar los datos del

Registro de Empresas de Tecnologías de la Información y la Comunicación";

Que resulta necesario distribuir las responsabilidades transcriptas en el párrafo

anterior, entre las distintas dependencias de este Ministerio, de acuerdo a las

competencias que les son propias;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención que le compete de conformidad a lo establecido por la Ley N° 1.218 (texto

consolidado según Ley N° 5.666).

Por ello, y en uso de sus facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA

RESUELVE

Artículo 1°.- Facúltase a la Subsecretaría de Desarrollo Económico a:

a) Fomentar y gestionar el pleno desarrollo y evolución del Distrito Tecnológico,

coordinando las acciones necesarias a tales fines con los demás organismos del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y con el sector privado.

b) Coordinar e implementar la estrategia de internacionalización del Distrito

Tecnológico.

c) Desarrollar, coordinar e implementar la estrategia de atracción de inversiones al

Distrito Tecnológico.

Artículo 2°.- Encomiéndase a la Dirección General Distritos Económicos a:

a) Promover la radicación en el Distrito Tecnológico de personas humanas y jurídicas

comprendidas por el artículo 2° de la Ley N° 2.972.

b) Llevar el Registro de Empresas de Tecnologías de la Información y la Comunicación

(Registro de empresas TIC), a cuyo fin otorga, niega y cancela las inscripciones

mediante la correspondiente resolución.

c) Coordinar todos los procedimientos administrativos necesarios para la aplicación de

las Leyes Nros. 2.972 y 5.234.

d) Actuar como órgano de consulta y asesoramiento permanente en lo relativo a la

aplicación de las Leyes Nros. 2.972 y 5.234

e) Coordinar con la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos el intercambio

de información relevante a los fines del mejor cumplimiento de las facultades y

objetivos de ambos organismos en relación con la Leyes Nros. 2.972 y 5.234.

f) Promover un incremento sostenido del número de empleados que sean

incorporados al mercado de trabajo por las Empresas de Tecnología de la Información

y de las Comunicaciones.

Artículo 3°.- Déjese sin efecto el "Nomenclador de Actividades TIC", del artículo 4 de la

resolución 425/MDEGC/09 (BOCBA N° 3211 08/07/09).

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Desarrollo Económico y para su conocimiento a la

Dirección General Distritos Económicos. Cumplido, archívese. Freire

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 3 de la Resolución 631-MMIYTGC-17 deja sin efecto el Nomenclador de Actividades TIC, del artículo 4 de la Resolución 425-MDEGC-09.</p>