DECRETO 1594 2000

Síntesis:

PROMULGA LEY 486 

Publicación:

19/09/2000

Sanción:

13/09/2000

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


En uso de las facultades conferidas por el Artículo 102° de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 486 (Expediente N° 73.962-97), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 5 de agosto de 2000.

Dése al Registro, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Institucionales; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento a la Secretaría de Planeamiento Urbano y a la Dirección General de Planeamiento e Interpretación Urbanística la que, oportunamente, elaborará el Proyecto de Ley que contemple las observaciones que formula al Artículo 2° de la citada Ley N° 486, para su debido tratamiento en la Legislatura.

El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Planeamiento Urbano y de Hacienda y Finanzas.

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Detalle

PROMULGA