DECRETO 1594 2000
Síntesis:
PROMULGA LEY 486
Publicación:
19/09/2000
Sanción:
13/09/2000
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
En uso de las facultades conferidas por el Artículo 102° de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 486 (Expediente N° 73.962-97), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 5 de agosto de 2000.
Dése al Registro, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Institucionales; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento a la Secretaría de Planeamiento Urbano y a la Dirección General de Planeamiento e Interpretación Urbanística la que, oportunamente, elaborará el Proyecto de Ley que contemple las observaciones que formula al Artículo 2° de la citada Ley N° 486, para su debido tratamiento en la Legislatura.
El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Planeamiento Urbano y de Hacienda y Finanzas.