CIRCULAR 2 2017 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

DEROGAN CIRCULARES 4-SGCBA-08 Y 4-SGCBA-14 Y EL ANEXO III DE LA CIRCULAR 5-SGCBA-06 Y SE APRUEBA LA CIRCULAR 2-SGCBA-17 - SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Publicación:

25/09/2017

Sanción:

18/09/2017

Organismo:

F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


A: Titulares deUnidades de Auditoría Interna de las distintas jurisdicciones y entidadesdependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,Síndico/a General Adjunto/a, Gerentes Generales Auditoría Jurisdicción I y II,Gerente General Auditoría de Comunas y Gerentes Operativos de las GerenciasGenerales Auditoría Jurisdicción I y II de la Sindicatura General de la CiudadAutónoma de Buenos Aires.

REF: InformeEjecutivo.

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 133 dela Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley N° 70 (texto consolidadopor Ley N° 5.666), vistas las Circulares N° 5-SGCBA/06, N° 6-SGCBA/06, N°4-SGCBA/08 y N° 4-SGCBA/14 se emite la presente Circular. Por medio de lasCirculares N° 5-SGCBA/06 y N° 6-SGCBA/06 se aprobaron y actualizaron losinstructivos para la confección de Informes de Auditoría emitidos por estaSindicatura General y por las Unidades de Auditoría Interna de las distintasjurisdicciones y entidades dependientes del Poder Ejecutivo de la CiudadAutónoma de Buenos Aires, y se estableció la remisión de una Minuta junto conlos Informes de Auditoría producidos por la Sindicatura General de la Ciudad,dirigida al Señor Jefe de Gobierno, indicando el objeto, las principalesobservaciones, recomendaciones y la conclusión arribada en la tarea de control.Mediante Circular N° 4-SGCBA/08 se incluyó también al Señor Jefe de Gabinete deMinistros como destinatario de la citada Minuta. Por Circular N° 4-SGCBA/14 seinstruyó a todas las Unidades de Auditoría Interna, a que acompañen a losInformes de Auditoría remitidos a esta Sindicatura General, una Minuta quedescriba el objeto del Informe y contenga una conclusión con las principalesobservaciones. A fin de lograr la mejora continua del Sistema de ControlInterno, deviene necesario adecuar y unificar la normativa vigente referida ala Minuta de Informes, la que se denominará de ahora en adelante "InformeEjecutivo" y cuyo modelo consta en el Anexo I, siendo éste de aplicaciónobligatoria a esta Sindicatura General y a las Unidades de Auditoría Interna delas distintas jurisdicciones y entidades dependientes del Poder Ejecutivo.Rectifícase el último párrafo del Instructivo para la confección de Informes deAuditoría emitidos por la Sindicatura General de la Ciudad, aprobado porCircular N° 5- SGCBA/06, según texto actualizado de la Circular N° 6-SGCBA/06,el que quedará redactado de la siguiente forma: “Al Señor Jefe de Gobierno,Señor Vicejefe de Gobierno y al Señor Jefe de Gabinete de Ministros adicionalmentese les remitirá un Informe Ejecutivo junto con el Informe Final de Auditoría,conteniendo el objeto, los principales hallazgos y observaciones, conclusionesy principales recomendaciones obtenidas de la tarea de control"; deacuerdo al formato previsto en el Anexo I de la presente Circular.

Se instruye a las Unidades de Auditoría Interna de lasdistintas jurisdicciones y entidades dependientes del Poder Ejecutivo de laCiudad Autónoma de Buenos Aires, a que, en oportunidad de remitir los Informesde Auditoría a esta Sindicatura General, se acompañe un Informe Ejecutivoconteniendo el objeto, los principales hallazgos y observaciones, conclusionesy principales recomendaciones, obtenidas de la tarea de control, utilizando elformato previsto en el Anexo I de la presente Circular, dirigido al/a laSíndico/a General y al/a la Síndico/a General Adjunto/a. Establécese que elInforme Ejecutivo cuyo modelo se acompaña al Anexo I de la presente Circulardeberá confeccionarse mediante el documento electrónico "Informe ExternoReservado" (IFEXR) del módulo Generador Electrónico de DocumentosOficiales (GEDO) del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos(SADE), o el que en el futuro lo reemplace. Las reparticiones de estaSindicatura General y las Unidades de Auditoría Interna deberán solicitar a laAdministración Central del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos(SADE), la habilitación de dicho documento electrónico, a través de una ComunicaciónOficial (CCOO) realizada por el Director General, o funcionario con rangoequivalente.

Se derogan las Circulares N° 4-SGCBA/08 y N° 4-SGCBA/14, y elAnexo III de la Circular N° 5-SGCBA/06, según texto actualizado de la CircularN° 6-SGCBA/06. Se ratifica la plena vigencia de las Circulares N° 5-SGCBA/06,N° 6-SGCBA/06 y sus Anexos I y II. CIRSI-2017-2-SGCBA. Freda


ANEXOS