RESOLUCIÓN 674 2017 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
PRORROGA RESOLUCIÓN 351-SSTYTRA-17 - CALLE REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ENTRE AVENIDA PASEO COLÓN Y AZOPARDO - DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN ASIMÉTRICO - DOS CARRILES DESDE AZOPARDO HASTA AVENIDA PASEO COLÓN EN SENTIDO ESTE-OESTE Y UN CARRIL EN SENTIDO CONTRARIO - SEGURIDAD VIAL - TRÁNSITO Y TRANSPORTE - SUBSECRETARÍA TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Publicación:
02/10/2017
Sanción:
08/09/2017
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO:
el Expediente EX-2017- 11673661-MGEYA-DGTYTRA y la Resolución N.° 351-2017-
SSTYTRA; y
CONSIDERANDO
Que por la Resolución N° 351/GCABA/SSTYTRA/17 se otorgó a la calle República
Bolivariana de Venezuela entre las arterias avenida Paseo Colón y Azopardo doble
sentido de circulación asimétrico, asignándole dos carriles desde Azopardo hasta
avenida Paseo Colón en sentido este - oeste y un carril en sentido contrario.
Que la medida adoptada favoreció la circulación vehicular en el sector aludido en el
considerando primero, contribuyendo a mejorar las condiciones de la seguridad vial, lo
cual aconseja disponer la pertinente prórroga.
Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta
Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008 (B.O.C.B.A. N° 2926),
Artículo 1° - Prorrogar por el término de noventa (90) días corridos, y hasta tanto la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se expida, la Resolución N°
351/GCABA/SSTYTRA/17.
Artículo 2°.- Propiciar ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
de carácter definitivo al ordenamiento oportunamente aprobado.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte para su
notificación y comunicación a la Policía de la Ciudad, y a las Direcciones Generales
Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial, y de Planificación de la
Movilidad. Cumplido, continúese con el trámite aludido en el artículo anterior. Galuzzi