DECRETO 374 2017
Síntesis:
DESIGNACIÓN - DIRECTORA GENERAL - CELINA GRAU BAENA - DIRECCIÓN GENERAL MEJORAMIENTO DE VIVIENDA - SUBSECRETARÍA INFRAESTRUCTURA VIVIENDA Y COORDINACIÓN GUBERNAMENTAL - SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
17/10/2017
Sanción:
10/10/2017
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 363/15 y sus
modificatorios y 331/17, el Expediente Electrónico N° 20542149-MGEYA-SECISYU/17,
y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley establece, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
a la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que oportunamente por Decreto N° 331/17, se aceptó a partir del 31 de agosto de
2017, la renuncia presentada por el Arq. Jorge Adolfo Mazzinghi, como Director
General, de la Dirección General Mejoramiento de Vivienda;
Que en consecuencia, el Sr. Jefe de Gabinete de Ministros propicia la designación, a
partir del 2 de septiembre de 2017, de la Sra. Celina Grau Baena D.N.I. N° 33.691.818,
C.U.I.L. N° 27-33691818-4, como Directora General, de la Dirección General
Mejoramiento de Vivienda, dependiente de la Subsecretaría Infraestructura, Vivienda y
Coordinación Gubernamental, de la Secretaría de Integración Social y Urbana, de la
citada Jefatura;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 2 de septiembre de 2017, a la Sra. Celina Grau
Baena D.N.I. N° 33.691.818, C.U.I.L. N° 27-33691818-4 como Directora General, de la
Dirección General Mejoramiento de Vivienda, dependiente de la Subsecretaría
Infraestructura, Vivienda y Coordinación Gubernamental, de la Secretaría de
Integración Social y Urbana de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
a la interesada dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido en
el artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según la Ley N° 5.666),
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas del Ministerio de Hacienda,
y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Integración
Social y Urbana. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel