ORDENANZA 45031 1991

Síntesis:

NORMA DEROGADA - AUTORIZA A ASOCIACIONES COOPERADORAS PARA DESTINAR LOS MONTOS QUE PERCIBEN COMO SUBSIDIOS, CONFORME A LAS NECESIDADES ESPECÍFICAS DE CADA ÁREA.

Publicación:

12/08/1991

Sanción:

04/07/1991

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

24/07/1991

Estado:

No vigente


Artículo 1° Autorízase a las Asociaciones Cooperadoras de las Escuelas Domiciliarias, Hospitalarias, de Discapacitados, de Recuperación y de los Centros Educativos para Niños con Trastornos Emocionales Severos, a destinar los montos que perciben en concepto de pago de los subsidios instituidos por Ordenanzas Nros. 42.581, 43.406 y 43.410 conforme a las necesidades específicas de cada área, autorización que se extiende a las sumas ya percibidas por tales conceptos y que se encuentran acumuladas.

Art. 2° Comuníquese, etcétera.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 31 de la Ley 3372, deroga la Ordenanza 45031.</p>