RESOLUCIÓN 221 2017 SUBSECRETARIA DE JUSTICIA
Síntesis:
SE APRUEBA REGLAMENTO - FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO PÚBLICO DE CONTRATOS DE FIDEICOMISOS - SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA - CONTRATOS COMPRENDIDOS Y EXCLUÍDOS - EFECTOS - CARGAS - DATOS - ELECTRÓNICA - PERSONAS AUTORIZADAS - EXTINCIÓN
Publicación:
20/10/2017
Sanción:
12/10/2017
Organismo:
SUBSECRETARIA DE JUSTICIA
VISTO:
las Leyes Nacionales N° 26.994 y 27.077; las Leyes N° 3304 y 5460; los Decretos N°
300/15, 363/15, 121/16, 369/16 y 207/17; la Resolución N° 566/SECLYT/15; y
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 5460 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires se ha previsto que dentro de las funciones del Ministerio de Justicia y Seguridad
se encuentran la de entender en el diseño e implementación de la política penitenciaria
y la de coordinar y articular las relaciones con el Poder Judicial, respectivamente;
Que, mediante los Decretos N° 363/15, 121/16, 369/16 se aprobó la estructura
organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que por Ley Nacional N° 26.994 se aprobó el Código Civil y Comercial de la Nación, el
que entró en vigencia el 1° de agosto de 2015;
Que dicho Código regula el contrato de fideicomiso en su Libro Tercero, Título IV,
Capítulo 30, estableciendo además en el artículo 1669 que aquel debe inscribirse en el
Registro Público que corresponda;
Que, en función de ello, por intermedio del Decreto 300/15 se estableció el
funcionamiento del Registro Público de Contratos de Fideicomiso en el ámbito de la
Ciudad de Buenos Aires;
Que, a la vez, el mencionado Decreto puso en cabeza de la Secretaría Legal y
Técnica la labor de dictar las normas complementarias, operativas y aclaratorias que
fueren necesarias para la implementación del Registro Público de Contratos de
Fideicomiso (artículo 2°), delegando además en la mencionada dependencia la
facultad de suscribir los convenios e instrumentos que resulten necesarios para
implementar el funcionamiento del organismo (artículo 3°);
Que con esos antecedentes por intermedio de la Resolución N° 566/SECLYT/15 se
resolvió implementar el Registro Público de Contratos de Fideicomiso en el ámbito de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de un registro electrónico el que
contiene los siguientes atributos: interfaz electrónica; carga de documentos a
distancia, acceso irrestricto por medio de acceso con clave ciudad, número de registro
otorgado por carga de documentos o datos a la plataforma;
Que, del mismo modo, la resolución mencionada estableció que la carga de
documentos, datos e información en el Registro Público de Contratos de Fideicomiso
se efectuará a través de los escribanos en ejercicio de la función notarial en el ámbito
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, a partir de ello, la Secretaría Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires suscribió en fecha 14 de octubre de 2015 un convenio de
cooperación con el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, por el que
acordaron que la carga de datos, documentos e información en el Registro Público de
Contratos de Fideicomisos sería realizada por escribanos matriculados en la institución
referida, en ejercicio de la función notarial, con la finalidad de asegurar su autenticidad
y fe pública;
Que, por conducto del Decreto N° 207/17, se modificó la estructura del Ministerio de
Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires;
Que dentro de las funciones que se atribuyen a la Subsecretaría de Justicia del
Ministerio de Justicia y Seguridad aparece la de "Instrumentar los Registros (...) de
Registro Público de Contratos de Fideicomisos";
Que, de igual forma, el Decreto N° 207/17 derogó los artículos 2 ° y 3 ° del Decreto N°
300/15, y dispuso que el Registro Público de Contratos de Fideicomisos sería
administrado por la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación de la
Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad de
Buenos Aires;
Que esta Subsecretaría convocó a un grupo de trabajo para analizar las fortalezas y
debilidades que presentaba el funcionamiento del Registro Público de Contratos de
Fideicomisos, encuentros de los cuales participaron representantes de la dependencia,
de la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación y del Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, a partir de esos encuentros, se dio con un proyecto para la optimización del
funcionamiento del Registro Público de Contratos de Fideicomisos, complementario de
la Resolución N° 566/SECLYT/15;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas
Artículo 1°.- Apruébese el REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO
PÚBLICO DE CONTRATOS DE FIDEICOMISOS, que como Anexo I (IF-2017-
23530908-SSJUS) forma parte de la presente.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad, y remítase para su conocimiento y
a sus efectos a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, la que deberá
practicar notificación fehaciente al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos
Aires. Cumplido, archívese. Enríquez
ANEXOS