ORDENANZA 51848 1997

Síntesis:

AUTORIZA A LAS ASOCIACIONES COOPERADORAS DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, DEPENDIENTES DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, A GESTIONAR EN FORMA DIRECTA SUS TRAMITACIONES ANTE LA EX DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNIDAD ESCOLAR - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO)

Publicación:

18/12/1997

Sanción:

13/08/1997

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

05/09/1997


TEXTO ACTUALIZADO

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo 1° Autorízanse a las Asociaciones Cooperadoras de los establecimientos educativos, dependientes de la Secretaría de Educación, a gestionar en forma directa sus tramitaciones ante la ex Dirección General de Comunidad Escolar.

Art. 2° Será condición para el ingreso de las actuaciones a la ex Dirección General de Comunidad Escolar acompañar constancia en la que ésta notifique que ha recibido copia de las mismas.

Art. 3° Comuníquese, etcétera.

La presente Ordenanza N° 51.848 ha quedado automáticamente promulgada el 5 de septiembre de 1997.

Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; pase, para su conocimiento y demás efectos, a la Secretaría de Educación; gírese por intermedio de la Dirección de Enlace con el Concejo Deliberante, dependiente de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales a dicho Cuerpo en prosecución de su trámite.

Germán A. Voss

Subsecretario Legal y Técnico