RESOLUCIÓN 436 2017 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628

Síntesis:

CREACIÓN DEL PROGRAMA DE ENERGÍAS RENOVABLES - OBJETIVOS - ÁMBITO DE APLICACIÓN - BENEFICIOS - DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA Y ESTRATEGIA AMBIENTAL- MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO - AHORRO SUSTENTABLE DE ENERGÍA - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - RÉGIMEN  DE FOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA - PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA - GENERACIÓN DE ELECTRICIDAD - LEY 27.191 - CONCIENTIZACIÓN - VÍA PÚBLICA - EDIFICIOS PÚBLICOS - PROYECTOS - HOGARES - ESCUELAS - HOSPITALES - ESPACIOS CULTURALES - SISTEMAS FOTOVALTAICOS - AHORRO - ESPACIO PÚBLICO - SEDES COMUNALES - POLIDEPORTIVOS - CENTROS DE SALUD - TEATROS - MUSEOS

Publicación:

02/11/2017

Sanción:

30/10/2017

Organismo:

AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628


VISTO:

Las Leyes Nacionales N° 26.190, su modificatoria N° 27.191, y N° 27.270, las Leyes

N° 2.628 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y N° 5.822, los Decretos N°

138/GCABA/08 y N° 37/GCABA/16, la Resolución N° 181/APRA/2017, el Expediente

Electrónico N° EX-2017-24037662-MGEYA-DGPOLEA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional N° 26.190 y su modificatoria N° 27.171, creó el "Régimen de

Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la

Producción de Energía Eléctrica", a través del cual se declaró de interés nacional la

generación de energía eléctrica a partir del uso de fuentes de energía renovables e

invitó a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la

normativa en cuestión y a dictar, en sus respectivas jurisdicciones, legislación

destinada a promover la producción de energía eléctrica mediante fuentes de energía

renovables;

Que posteriormente, en concordancia con la política de Estado a nivel nacional, la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a la Ley Nacional previamente mencionada

por medio de la Ley N° 5.822;

Que mediante la Ley Nacional N° 27.270, se aprobó el Acuerdo de París sobre el

Cambio Climático, a través del cual se dispuso, entre sus objetivos, mantener y limitar

el aumento de la temperatura, de modo de reducir los riesgos y efectos del cambio

climático, además de promover un desarrollo con bajas emisiones de gases de efecto

invernadero a nivel mundial;

Que mediante la Ley N° 2.628 (texto consolidado por Ley N° 5.666), se creó la

Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entidad

autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, y se le atribuyó

la función de proponer políticas, diseñar planes, programas y proyectos tendientes a

mejorar y preservar la calidad ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así

como también promover la utilización de tecnologías limpias y la implementación de

sistemas de gestión ambiental entre la comunidad regulada;

Que por medio del Decreto N° 138/GCABA/08, se dispuso que la Agencia de

Protección Ambiental es el organismo con mayor competencia ambiental de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que en los términos de la Resolución N° 181/APRA/17, a través de la cual se crea la

Gerencia Operativa de Gestión Energética, se establecen entre sus funciones las de

promover el uso de energía en forma sustentable, mediante el desarrollo y la

implementación de programas y proyectos de eficiencia energética y energías

renovables; definir líneas de acción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires en relación energía renovable y articular con organismos de Gobierno,

organizaciones de la sociedad civil y empresas, la ejecución de programas de

energías renovables;

Que en virtud del marco jurídico vigente y a los fines de contribuir con la mitigación del

cambio climático, generar ahorros sustanciales de energía, descomprimir la red de

distribución y diversificar la matriz energética en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

resulta menester la creación de un programa tendiente a propiciar e implementar la

generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables;

Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica, Administrativa y

Legal.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 2.628 (texto consolidado

por Ley N° 5.666) y en función del Decreto N° 37/16,

EL PRESIDENTE DE

LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

RESUELVE:

Artículo 1°.- Créase el "Programa de Energías Renovables" en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, cuyo contenido se detalla en el Anexo I que como IF-

2017-25016946-APRA forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Establécese que la ejecución y coordinación general del Programa cuya

creación se dispone en el Artículo 1° de la presente, estará a cargo de la Dirección

General de Política y Estrategia Ambiental.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese al Ministerio de Ambiente y

Espacio Público, al Ministerio de Educación, al Ministerio de Salud y a las Direcciones

Generales de esta Agencia. Cumplido, archívese. Filgueira Risso


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 436-APRA-17 crea el Programa de Energías Renovables, en el marco de la Ley 5822.</p>