RESOLUCIÓN 436 2017 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
Síntesis:
CREACIÓN DEL PROGRAMA DE ENERGÍAS RENOVABLES - OBJETIVOS - ÁMBITO DE APLICACIÓN - BENEFICIOS - DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA Y ESTRATEGIA AMBIENTAL- MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO - AHORRO SUSTENTABLE DE ENERGÍA - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - RÉGIMEN DE FOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA - PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA - GENERACIÓN DE ELECTRICIDAD - LEY 27.191 - CONCIENTIZACIÓN - VÍA PÚBLICA - EDIFICIOS PÚBLICOS - PROYECTOS - HOGARES - ESCUELAS - HOSPITALES - ESPACIOS CULTURALES - SISTEMAS FOTOVALTAICOS - AHORRO - ESPACIO PÚBLICO - SEDES COMUNALES - POLIDEPORTIVOS - CENTROS DE SALUD - TEATROS - MUSEOS
Publicación:
02/11/2017
Sanción:
30/10/2017
Organismo:
AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
VISTO:
Las Leyes Nacionales N° 26.190, su modificatoria N° 27.191, y N° 27.270, las Leyes
N° 2.628 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y N° 5.822, los Decretos N°
138/GCABA/08 y N° 37/GCABA/16, la Resolución N° 181/APRA/2017, el Expediente
Electrónico N° EX-2017-24037662-MGEYA-DGPOLEA, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional N° 26.190 y su modificatoria N° 27.171, creó el "Régimen de
Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la
Producción de Energía Eléctrica", a través del cual se declaró de interés nacional la
generación de energía eléctrica a partir del uso de fuentes de energía renovables e
invitó a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la
normativa en cuestión y a dictar, en sus respectivas jurisdicciones, legislación
destinada a promover la producción de energía eléctrica mediante fuentes de energía
renovables;
Que posteriormente, en concordancia con la política de Estado a nivel nacional, la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a la Ley Nacional previamente mencionada
por medio de la Ley N° 5.822;
Que mediante la Ley Nacional N° 27.270, se aprobó el Acuerdo de París sobre el
Cambio Climático, a través del cual se dispuso, entre sus objetivos, mantener y limitar
el aumento de la temperatura, de modo de reducir los riesgos y efectos del cambio
climático, además de promover un desarrollo con bajas emisiones de gases de efecto
invernadero a nivel mundial;
Que mediante la Ley N° 2.628 (texto consolidado por Ley N° 5.666), se creó la
Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entidad
autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, y se le atribuyó
la función de proponer políticas, diseñar planes, programas y proyectos tendientes a
mejorar y preservar la calidad ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así
como también promover la utilización de tecnologías limpias y la implementación de
sistemas de gestión ambiental entre la comunidad regulada;
Que por medio del Decreto N° 138/GCABA/08, se dispuso que la Agencia de
Protección Ambiental es el organismo con mayor competencia ambiental de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que en los términos de la Resolución N° 181/APRA/17, a través de la cual se crea la
Gerencia Operativa de Gestión Energética, se establecen entre sus funciones las de
promover el uso de energía en forma sustentable, mediante el desarrollo y la
implementación de programas y proyectos de eficiencia energética y energías
renovables; definir líneas de acción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires en relación energía renovable y articular con organismos de Gobierno,
organizaciones de la sociedad civil y empresas, la ejecución de programas de
energías renovables;
Que en virtud del marco jurídico vigente y a los fines de contribuir con la mitigación del
cambio climático, generar ahorros sustanciales de energía, descomprimir la red de
distribución y diversificar la matriz energética en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
resulta menester la creación de un programa tendiente a propiciar e implementar la
generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables;
Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 2.628 (texto consolidado
por Ley N° 5.666) y en función del Decreto N° 37/16,
Artículo 1°.- Créase el "Programa de Energías Renovables" en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, cuyo contenido se detalla en el Anexo I que como IF-
2017-25016946-APRA forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Establécese que la ejecución y coordinación general del Programa cuya
creación se dispone en el Artículo 1° de la presente, estará a cargo de la Dirección
General de Política y Estrategia Ambiental.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese al Ministerio de Ambiente y
Espacio Público, al Ministerio de Educación, al Ministerio de Salud y a las Direcciones
Generales de esta Agencia. Cumplido, archívese. Filgueira Risso
ANEXOS