DECRETO 822 2001
Síntesis:
PROMULGA LEY 597
Publicación:
29/06/2001
Sanción:
25/06/2001
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 102 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 597, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 31 de mayo de 2001. Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales y para su conocimiento y demás fines, remítase a la Secretaría de Justicia y Seguridad.
El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Justicia y Seguridad y el señor Jefe de Gabinete. IBARRA - Suárez Lastra - Fernández
NOTA: El Convenio al que hace referencia la presente Ley fue publicado en le Boletín Oficial N° 1098 de fecha 27 de diciembre de 2000, página 20.544, como Convenio N° 31: Transferencia Progresiva de Competencias Penales de la Justicia Nacional al Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.