RESOLUCIÓN 1144 2017 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
CONSTITUYE - JUNTA DE CALIFICACIÓN - CUERPO ESPECIAL DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - ESTABLECE - ORDEN DE MÉRITO - AGENTES DEL CUERPO - PERÍODO - MESES DE SEPTIEMBRE DE 2016 Y SEPTIEMBRE DE 2017 - INTEGRA LA JUNTA DE CALIFICACIÓN - PRESIDENTE - DIRECTORA GENERAL DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL - INTEGRANTES - DIRECTORA DEL C S R C JOSÉ DE SAN MARTÍN - DEL C S R C MANUEL BELGRANO - SUBDIRECTOR A CARGO DE LA DIRECCIÓN DEL C S R C MANUEL ROCCA - DIRECTORA DEL C A D ÚRSULA LLONA DE INCHAUSTI - SUPERIOR DEL CUERPO DE CADA CENTRO EN QUE REVISTÓ EL AGENTE A CALIFICAR - AYUDANTES PRINCIPALES - SUBDIRECTOR OPERATIVO DE ASUNTOS JUDICIALES - ASESORES - CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE SERVICIOS DE ATENCIÓN DIRECTA DE ADOLESCENTES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL - INTEGRACIÓN
Publicación:
08/11/2017
Sanción:
02/11/2017
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
VISTO:
La Ley nacional N° 20.416 y sus modificatorias, la Ley N° 114 (texto consolidado por
Ley N° 5.666), los Decretos PEN Nros. 54/1976, 210/1989 y 873/2016, y sus
modificatorios, el Decreto N° 492/GCABA/2016 y su modificatorio el Decreto N°
495/GCABA/2016, las Resoluciones Nros. 942/CDNNyA/2016 y 114/LCBA/2017, el
Expediente Electrónico N° 25.195.766/MGEYA-DGRPJ/2017, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.666) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en
materia de promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que por el Decreto PEN N° 873/2016 se transfirieron a la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires los programas de asistencia directa y los dispositivos gubernamentales
de intervención con adolescentes infractores de la Ley Penal que dependieran del
entonces Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, así como también el
Cuerpo Especial de Seguridad y Vigilancia (CESyV), regido por el Decreto PEN N°
210/1989;
Que por el Decreto N° 492/GCABA/2016 y su modificatorio el Decreto N°
495/GCABA/2016 se instruyó a la titular de este Consejo de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes a celebrar los convenios y realizar las gestiones necesarias para
el traspaso de los programas de asistencia directa y los dispositivos gubernamentales
de intervención con adolescentes infractores a la Ley Penal que dependieran del
entonces Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, así como para la
transferencia del CESyV, en los términos establecidos en el Decreto PEN N°
873/2016;
Que en el marco de dicha normativa, en fecha 20 de septiembre de 2016 se suscribió
el Convenio de Transferencia de Servicios de Atención Directa de Adolescentes en
Conflicto con la Ley Penal al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
celebrado entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF),
en representación del Estado Nacional, y este Consejo de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes, en representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
mediante el cual se dispuso, entre otros aspectos, el traspaso a la Ciudad del personal
que integra el CESyV;
Que mediante Resolución N° 114/LCBA/2017 la Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires aprobó el convenio precitado, el que se encuentra registrado bajo el N°
23.466.131 en la Dirección General de Escribanía General (DGEGRAL), dependiente
de la Secretaría Legal y Técnica (SECLyT) de la Jefatura de Gobierno;
Que por el Decreto PEN N° 210/1989 se aprobó el Estatuto y Escalafón para el
personal que integra el CESyV, cuyo Anexo II, Capítulos IV y V, prevé el sistema de
calificaciones y ascensos de dicho personal;
Que el artículo 7° del Anexo II del Decreto PEN N° 210/1989 establece que los
agentes del CESyV serán calificados anualmente en forma individual por sus
respectivos jefes, con vista a hacer efectivo su progreso en la carrera, a cuyo efecto el
artículo 8° del mencionado Anexo prevé la constitución de una Junta de Calificación, la
que, entre otras facultades, establecerá el orden de mérito de los agentes;
Que el Decreto PEN N° 210/1989 prevé en su artículo 7° que las disposiciones de la
Ley nacional 20.416, Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Federal, resultarán de
aplicación supletoria, toda vez que sea necesario completar o aclarar las normas
contenidas en el Estatuto y Escalafón para el personal que integra el CESyV;
Que a su vez, el Decreto PEN N° 54/1976 aprobó el Reglamento de Calificaciones,
Ascensos y Eliminaciones del Personal del Servicio Penitenciario Federal,
reglamentando los Capítulos IX - Calificaciones- y X -Ascensos- de la Ley nacional N°
20.416;
Que mediante la Resolución N° 942/CDNNyA/2016 se modificó parcialmente la
estructura organizativa del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes,
creándose la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil, bajo cuya órbita
funciona el CESyV;
Que mediante IF N° 25.233.972/DGRPJ/2017, el titular de la Subdirección Operativa
de Asuntos Judiciales, dependiente de la Dirección General de Responsabilidad Penal
Juvenil, propicia a los integrantes para la conformación de la Junta de Calificación que
prevé el Anexo II del Decreto PEN N° 210/1989, la que debe constituirse anualmente;
Que asimismo, mediante IF N° 25.235.493/DGRPJ/2017, el titular de la mencionada
Subdirección Operativa informa que el objeto de la conformación de la Junta de
Calificación es establecer un orden de mérito en cada uno de los grados, a efectos de
que el personal que se encuentre en condiciones de ascender al grado inmediato
superior, resulte promovido de preexistir las condiciones necesarias para ello, dejando
constancia en dicho informe que el período a evaluarse es el comprendido entre los
meses de septiembre de 2016 y septiembre de 2017;
Que por las consideraciones vertidas precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo por el que se constituya la Junta de Calificación del CESyV
contemplada en el Anexo II del Decreto N° 210/1989, la que estará integrada en el
sentido propiciado por la titular de la Dirección General de Responsabilidad Penal
Juvenil, con el objeto de establecer el orden de mérito de los agentes del mencionado
Cuerpo, a cuyo efecto evaluará el desempeño de dichos agentes durante el período
precedentemente señalado;
Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el
ámbito de su competencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 114 (texto consolidado
por Ley N° 5.666), el Decreto PEN N° 210/1989 y el Decreto N° 32/GCABA/2016,
Artículo 1.- Constitúyase la Junta de Calificación del Cuerpo Especial de Seguridad y
Vigilancia prevista en el Anexo II del Decreto PEN N° 210/1989, la que establecerá el
orden de mérito de los agentes del mencionado Cuerpo, a cuyo efecto evaluará el
desempeño de dichos agentes durante el período comprendido entre los meses de
septiembre de 2016 y septiembre de 2017.
Artículo 2.- Intégrase la Junta de Calificación creada por el artículo 1.- en el sentido
indicado en el Anexo IF N° 25521771/CDNNyA/2017, que a todos sus efectos forma
parte integrante de la presente.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a la Dirección General de
Responsabilidad Penal Juvenil, a fin de notificar a los interesados y proseguir con el
trámite correspondiente. Cumplido, archívese. Leguizamón
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5250