RESOLUCIÓN 1144 2017 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

CONSTITUYE - JUNTA DE CALIFICACIÓN - CUERPO ESPECIAL DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - ESTABLECE - ORDEN DE MÉRITO - AGENTES DEL CUERPO - PERÍODO - MESES DE SEPTIEMBRE DE 2016 Y SEPTIEMBRE DE 2017 -  INTEGRA LA JUNTA DE CALIFICACIÓN - PRESIDENTE - DIRECTORA GENERAL DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL - INTEGRANTES - DIRECTORA DEL C S R C JOSÉ DE SAN MARTÍN - DEL C S R C   MANUEL BELGRANO - SUBDIRECTOR A CARGO DE LA DIRECCIÓN DEL C S R C MANUEL ROCCA - DIRECTORA DEL C A D ÚRSULA LLONA DE INCHAUSTI - SUPERIOR DEL CUERPO DE CADA CENTRO EN QUE REVISTÓ EL AGENTE A CALIFICAR - AYUDANTES PRINCIPALES - SUBDIRECTOR OPERATIVO DE ASUNTOS JUDICIALES - ASESORES -  CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE SERVICIOS DE ATENCIÓN DIRECTA DE ADOLESCENTES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL - INTEGRACIÓN

Publicación:

08/11/2017

Sanción:

02/11/2017

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


VISTO:

La Ley nacional N° 20.416 y sus modificatorias, la Ley N° 114 (texto consolidado por

Ley N° 5.666), los Decretos PEN Nros. 54/1976, 210/1989 y 873/2016, y sus

modificatorios, el Decreto N° 492/GCABA/2016 y su modificatorio el Decreto N°

495/GCABA/2016, las Resoluciones Nros. 942/CDNNyA/2016 y 114/LCBA/2017, el

Expediente Electrónico N° 25.195.766/MGEYA-DGRPJ/2017, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.666) se creó el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en

materia de promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y

administrativa y autarquía financiera;

Que por el Decreto PEN N° 873/2016 se transfirieron a la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires los programas de asistencia directa y los dispositivos gubernamentales

de intervención con adolescentes infractores de la Ley Penal que dependieran del

entonces Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, así como también el

Cuerpo Especial de Seguridad y Vigilancia (CESyV), regido por el Decreto PEN N°

210/1989;

Que por el Decreto N° 492/GCABA/2016 y su modificatorio el Decreto N°

495/GCABA/2016 se instruyó a la titular de este Consejo de los Derechos de Niñas,

Niños y Adolescentes a celebrar los convenios y realizar las gestiones necesarias para

el traspaso de los programas de asistencia directa y los dispositivos gubernamentales

de intervención con adolescentes infractores a la Ley Penal que dependieran del

entonces Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, así como para la

transferencia del CESyV, en los términos establecidos en el Decreto PEN N°

873/2016;

Que en el marco de dicha normativa, en fecha 20 de septiembre de 2016 se suscribió

el Convenio de Transferencia de Servicios de Atención Directa de Adolescentes en

Conflicto con la Ley Penal al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

celebrado entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF),

en representación del Estado Nacional, y este Consejo de los Derechos de Niñas,

Niños y Adolescentes, en representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

mediante el cual se dispuso, entre otros aspectos, el traspaso a la Ciudad del personal

que integra el CESyV;

Que mediante Resolución N° 114/LCBA/2017 la Legislatura de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires aprobó el convenio precitado, el que se encuentra registrado bajo el N°

23.466.131 en la Dirección General de Escribanía General (DGEGRAL), dependiente

de la Secretaría Legal y Técnica (SECLyT) de la Jefatura de Gobierno;

Que por el Decreto PEN N° 210/1989 se aprobó el Estatuto y Escalafón para el

personal que integra el CESyV, cuyo Anexo II, Capítulos IV y V, prevé el sistema de

calificaciones y ascensos de dicho personal;

Que el artículo 7° del Anexo II del Decreto PEN N° 210/1989 establece que los

agentes del CESyV serán calificados anualmente en forma individual por sus

respectivos jefes, con vista a hacer efectivo su progreso en la carrera, a cuyo efecto el

artículo 8° del mencionado Anexo prevé la constitución de una Junta de Calificación, la

que, entre otras facultades, establecerá el orden de mérito de los agentes;

Que el Decreto PEN N° 210/1989 prevé en su artículo 7° que las disposiciones de la

Ley nacional 20.416, Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Federal, resultarán de

aplicación supletoria, toda vez que sea necesario completar o aclarar las normas

contenidas en el Estatuto y Escalafón para el personal que integra el CESyV;

Que a su vez, el Decreto PEN N° 54/1976 aprobó el Reglamento de Calificaciones,

Ascensos y Eliminaciones del Personal del Servicio Penitenciario Federal,

reglamentando los Capítulos IX - Calificaciones- y X -Ascensos- de la Ley nacional N°

20.416;

Que mediante la Resolución N° 942/CDNNyA/2016 se modificó parcialmente la

estructura organizativa del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes,

creándose la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil, bajo cuya órbita

funciona el CESyV;

Que mediante IF N° 25.233.972/DGRPJ/2017, el titular de la Subdirección Operativa

de Asuntos Judiciales, dependiente de la Dirección General de Responsabilidad Penal

Juvenil, propicia a los integrantes para la conformación de la Junta de Calificación que

prevé el Anexo II del Decreto PEN N° 210/1989, la que debe constituirse anualmente;

Que asimismo, mediante IF N° 25.235.493/DGRPJ/2017, el titular de la mencionada

Subdirección Operativa informa que el objeto de la conformación de la Junta de

Calificación es establecer un orden de mérito en cada uno de los grados, a efectos de

que el personal que se encuentre en condiciones de ascender al grado inmediato

superior, resulte promovido de preexistir las condiciones necesarias para ello, dejando

constancia en dicho informe que el período a evaluarse es el comprendido entre los

meses de septiembre de 2016 y septiembre de 2017;

Que por las consideraciones vertidas precedentemente, corresponde dictar el acto

administrativo por el que se constituya la Junta de Calificación del CESyV

contemplada en el Anexo II del Decreto N° 210/1989, la que estará integrada en el

sentido propiciado por la titular de la Dirección General de Responsabilidad Penal

Juvenil, con el objeto de establecer el orden de mérito de los agentes del mencionado

Cuerpo, a cuyo efecto evaluará el desempeño de dichos agentes durante el período

precedentemente señalado;

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 114 (texto consolidado

por Ley N° 5.666), el Decreto PEN N° 210/1989 y el Decreto N° 32/GCABA/2016,

LA PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS

DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE

Artículo 1.- Constitúyase la Junta de Calificación del Cuerpo Especial de Seguridad y

Vigilancia prevista en el Anexo II del Decreto PEN N° 210/1989, la que establecerá el

orden de mérito de los agentes del mencionado Cuerpo, a cuyo efecto evaluará el

desempeño de dichos agentes durante el período comprendido entre los meses de

septiembre de 2016 y septiembre de 2017.

Artículo 2.- Intégrase la Junta de Calificación creada por el artículo 1.- en el sentido

indicado en el Anexo IF N° 25521771/CDNNyA/2017, que a todos sus efectos forma

parte integrante de la presente.

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a la Dirección General de

Responsabilidad Penal Juvenil, a fin de notificar a los interesados y proseguir con el

trámite correspondiente. Cumplido, archívese. Leguizamón


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5250

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 1144-CDNNYA-17 constituye la Junta de Calificación del Cuerpo Especial de Seguridad y Vigilancia prevista en el Anexo II del Decreto PEN 210/1989, la que establecerá el orden de mérito de los agentes del mencionado Cuerpo, a cuyo efecto evaluará el desempeño de dichos agentes durante el período comprendido entre los meses de septiembre de 2016 y septiembre de 2017.</p>