RESOLUCIÓN 430 2017 SUBSECRETARIA DE HABITAT E INCLUSION

Síntesis:

SE TRANSFIERE MONTO A LA CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR SE - SUBSECRETARIA DE HABITAT E INCLUSION - MINISTERIO DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO - SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO - CANCHA CRUYFF - UBICADA EN AVDA MARIANO ACOSTA 2400 - EQUINA PASAJE I - BARRIO CARRILLO - CORRESPONDIENTE A LA UTIU 8 NORTE

Publicación:

21/12/2017

Sanción:

11/10/2017

Organismo:

SUBSECRETARIA DE HABITAT E INCLUSION


VISTO:

Los Decretos Nros. 383/GCABA/16, 196/GCABA/12, 363/GCABA/15 y su modificatorio675/GCABA/16, los Expedientes N° 2017-7977556-DGDTERRI; N° 2017-16823583-SSHI y N° 2017-23368799-SSHI; y las Resoluciones N° 32/SECHI/15; N° 164-SSHI2017y 2017-327-SSHI, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Expediente N° 2017-7977556-DGDTERRI, se ha suscrito con fecha5 de mayo de 2017 el Convenio Específico N° 11246721/RL 2017/DGEGRAL entre elMinisterio de Hábitat y Desarrollo Humano y la Corporación Buenos Aires Sur S.E., alamparo de los términos del Convenio Marco de Cooperación y Asistencia, registradobajo el N° 69/01, para la prestación del servicio de mantenimiento preventivo ycorrectivo de la cancha Cruyff, ubicada en Avda. Mariano Acosta N° 2400, equinaPasaje I, del Barrio Carrillo, correspondiente a la UTIU 8 Norte de esta Ciudad;

Que, la Cláusula SEXTA del referido Convenio establece que el costo correspondientea los servicios de la entidad prestadora será pagadero en cuatro (4) cuotas, conformelos siguientes porcentajes;

CUOTA 1: 40% al inicio de la prestación;

CUOTA 2: 20% alvencimiento del primer trimestre;

CUOTA 3: 20% al vencimiento del segundo trimestre;

y CUOTA 4; 20% al término de la prestación del servicio;

Que mediante Resoluciones N° 164/SSHI/2017 y N° 327/SSHI/2017 se ordenó latransferencia a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. los montos correspondientes a la1° y 2° cuotas conforme lo establecido en la citada cláusula SEXTA;

Que, mediante Nota N° 2017-23397982-DGDTERRI la Dirección General de Territoriodependiente de esta Subsecretaria realizó la certificación del cumplimiento del serviciopor el trimestre correspondiente solicitando se abone la TERCER CUOTA prevista.

Que, en orden a ello, resulta necesario el dictado del acto administrativo mediante elcual se ordene la transferencia de fondos a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. porel monto de PESOS TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA ($ 35.760,00).

Por ello y en uso de las facultades que le son propias;

EL SUBSECRETARIO DE HABITAT E INCLUSIONDEL MINISTERIO DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Transfiérase a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. la suma de PESOSTREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA ($ 35.760,00), correspondientes ala CUOTA 3, conforme lo establecido en el Convenio N°11246721/RL2017/DGEGRAL.-

Artículo 2°.- Déjase establecido que la transferencia ordenada en el artículoprecedente deberá efectuarse conforme la siguiente apertura programática: Jur 45 -OG 5.1.7.29 - UE 9700 -Fin/Fun 11 -Comuna 8.-

Artículo 3°.- Déjase establecido que la rendición final de cuenta documentada de losfondos transferidos, deberá ser efectuada por la Corporación Buenos Aires Sur S.E. yaprobada por el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, debiendo compensarse losmontos efectivamente devengados.-

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Airesy gírese a la OGESE del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano a efectos de laprosecución del trámite. Cumplido, archívese. De Marco

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 430-SSHI-17 transfiere suma a la Corporación Buenos Aires Sur SE la suma, conforme lo establecido en el Convenio Específico 11247387/RL2017/DGEGRAL del Convenio marco 69-01.</p>