CONVENIO 2 2001
Síntesis:
ACUERDO MARCO DE INTERCAMBIO Y COOPERACIÓN - SUSCRIPTO ENTRE LAS CIUDADES AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y DE MAR DEL PLATA - ACTIVIDADES PARA FORTALECER E INCREMENTAR RELACIONES BILATERALES EN DIFERENTES ÁMBITOS - DESARROLLO ECONÓMICO - CIENCIA - TECNOLOGÍA - EDUCACIÓN - SALUD - DEPORTES - TURISMO - DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES - AMPLIACIÓN
Publicación:
19/02/2001
Sanción:
14/02/2001
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
En la Ciudad de Buenos Aires, a los catorce días del mes de febrero de 2001, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto por el señor Jefe de Gobierno, Dr. Aníbal Ibarra y el intendente Municipal de la Ciudad de Mar del Plata, Prof. Blas Aurelio Primo Aprile, en adelante "Las Partes", manifiestan la decisión de llevar adelante todas aquellas actividades tendientes a fortalecer e incrementar la relación bilateral en diferentes ámbitos, con el objeto de profundizar los vínculos entre ambas jurisdicciones.
Por ello, han alcanzado un Acuerdo Marco para establecer intercambios y relaciones de cooperación de la manera que a continuación se expresa:
PRIMERA: Las partes, basadas en el principio de igualdad y beneficio mutuo, se comprometen a:
a) Generar acciones tendientes a favorecer el desarrollo de ambas comunas y promover su acercamiento.
b) Desarrollar un amplio intercambio y cooperación en las áreas de desarrollo económico, comercio, ciencia, tecnología, educación, salud, deportes, protección ambiental, turismo, y todo otro sector que así lo necesitare.
SEGUNDA: Las Partes observarán en sus relaciones el mayor espíritu de colaboración, coordinación de esfuerzos y generosidad de servicios, a fin de optimizar el desarrollo de los intereses propios.
TERCERA: Para la implementación del presente Acuerdo Marco, Las Partes, designarán dentro de sus respectivas estructuras, a los representantes de las distintas áreas, que oportunamente cosideren convenientes, según la temática a desarrollarse.
CUARTA: El presente Acuerdo Marco podrá ser ampliado por los programas y proyectos concretos de colaboración que se establezcan y que, como anexos formarán parte integrante del mismo.
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.IBARRA-APRILE