DECRETO 477 2017

Síntesis:

MODIFICACIÓN DE ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ORGÁNICA - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - VICEJEFE - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - SECRETARÍA DE DESARROLLO CIUDADANO - SUBSECRETARÍA DE DEPORTES - DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL - BIENESTAR CIUDADANO - COORDINACIÓN Y PROMOCIÓN DE EVENTOS - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - POLÍTICAS DE JUVENTUD - DESARROLLO FAMILIAR - DEPORTE SOCIAL Y DESARROLLO DEPORTIVO - INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA - CONVIVENCIA EN LA DIVERSIDAD - COLECTIVIDADES - DESARROLLO SALUDABLE - DESARROLLO GASTRONÓMICO - FUERA DE NIVEL - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) AUTÓDROMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ÓRGANO GARANTE DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN (LEY N° 5.784) - CONSEJO ASESOR EN POLÍTICAS PÚBLICAS DE MEMORIA (LEY N° 4.929) - CONSEJO DE GESTIÓN DEL PARQUE DE LA MEMORIA Y DEL MONUMENTO A LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO DE ESTADO (LEY N° 3.078) - OBJETIVOS - GERENCIA OPERATIVA - DESARROLLO DEPORTIVO - GESTIÓN DE PROYECTOS E INFRAESTRUCTURA

Publicación:

02/01/2018

Sanción:

27/12/2017

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 363/15 y su

modificatorio N° 66/17 y el Decreto 427/17, y el Expediente Electrónico N° 29546878- -

MGEYA-SECDCI/17, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras

orgánico funcionales;

Que por la Ley N° 5.460, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, estableciendo en su artículo 9°que el Jefe de Gobierno

podrá delegar en la Vicejefatura de Gobierno el diseño y la ejecución de las políticas,

planes y programas vinculados al fomento y desarrollo integral del deporte en todas

sus etapas y modalidades, apoyando la recreación como medio de equilibrio y

estabilidad social;

Que en virtud de ello, a través del Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la

estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;

Que por Decreto N° 66/17 se modificó la estructura organizativa de la Vicejefatura de

Gobierno;

Que a su vez, por Decreto N° 427/17, se estableció que el Órgano Garante del

Derecho de Acceso a la Información, funciona como Organismo Fuera de Nivel en la

órbita de la Vicejefatura de Gobierno;

Que por lo expuesto deviene necesario crear la Unidad de Proyectos Especiales

(UPE) Autódromo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como Organismo Fuera de

Nivel en el ámbito de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano dependiente de la

Vicejefatura de Gobierno;

Que en consecuencia, corresponde modificar parcialmente la estructura organizativa

de la Vicejefatura de Gobierno, aprobada por el Decreto N° 363/15 y su modificatorio

N° 66/17.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 15 de diciembre de 2017, la estructura organizativa

de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando

modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y su modificatorio N° 66/17, de acuerdo

con los Anexos I (IF-2017-29550614-SECDCI) (Organigrama) y II (IF-2017-29591239-

SECDCI) (Objetivos), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente

Decreto.

Artículo 2°.- Créase la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Autódromo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires como Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita de la

Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno, y su titular tendrá

rango, nivel y atribuciones de Director General.

Artículo 3°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente de la

Vicejefatura de Gobierno deberá informar, en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría

de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda la asignación de la

dotación de la Jurisdicción en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente

Decreto.

Artículo 4°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por

el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y a las

Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del

Servicio Civil ambas dependientes del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento

y demás efectos, remítase a la Secretaría de Desarrollo Ciudadano dependiente de la

Vicejefatura de Gobierno. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura -

Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5285

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 477-17 modifica, a partir del 15 de diciembre de 2017, la estructura organizativa de la Vicejefatura de Gobierno, quedando modificado parcialmente el Decreto 363-15 y su modificatorio 66-17.</p><p>Art. 2 crea la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Autódromocomo Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita de la<br />Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno, y su titular tendrá rango, nivel y atribuciones de Director General.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 477-17 modifica, a partir del 15 de diciembre de 2017, la estructura organizativa de la Vicejefatura de Gobierno, quedando modificado parcialmente el Decreto 363-15 y su modificatorio 66-17.</p>