LEY 5909 2017
Síntesis:
SE INSTITUYE - DÍA DEL PROFESIONAL FARMACÉUTICO - 1 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO - CONMEMORACIÓN - PRIMER CONGRESO PANAMERICANO DE FARMACIA - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).
Publicación:
02/01/2018
Sanción:
30/11/2017
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
26/12/2017
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 29/02/2024
Artículo 1°.- Institúyese el día 1° de diciembre de cada año como el "Día del
Profesional Farmacéutico" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en
conmemoración al Primer Congreso Panamericano de Farmacia, celebrado en La
Habana en 1948 .
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez
Buenos Aires, 27 de diciembre de 2017
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.909 (Expediente Electrónico N° 28.743.333-
MGEYA-DGALE-2017), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en su sesión del día 30 de noviembre de 2017, ha quedado
automáticamente promulgada el día 26 de diciembre de 2017.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al
Ministerio de Salud y al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Montiel