LEY 5925 2017

Síntesis:

DECLARA FLOR SIMBÓLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ORQUÍDEA RIBEREÑA O DEL TALAR - CHLORAEA MEMBRANACEA - MARIPOSA SIMBÓLICA - PANAMBÍ MOROTÍ O MARIPOSA BANDERA ARGENTINA - MORPHO EPISTROPHUS -  NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

03/01/2018

Sanción:

07/12/2017

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

27/12/2017


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Decláranse Flor Simbólica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la

Orquídea Ribereña o del Talar (Chloraea membranacea) y Mariposa Simbólica de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Panambí Morotí o Mariposa Bandera

Argentina (Morpho epistrophus).

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez

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