DECRETO 5 2018
Síntesis:
ACEPTA RENUNCIA DE FUNCIONARIO - MINISTRO DE CULTURA - ÁNGEL JORGE PETITT - DESIGNA EN SU REEMPLAZO - ENRIQUE LUIS AVOGADRO
Publicación:
04/01/2018
Sanción:
03/01/2018
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 412/16, el
Expediente Electrónico N° 00960208-MGEYA-DGTALMJG -2018, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 5.460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la Ley N° 5.460 contempla entre los Ministerios del Poder
Ejecutivo al Ministerio de Cultura;
Que por Decreto N° 412/16 se designó, a partir del 18 de julio de 2016, al señor Ángel
Jorge Petitt, D.N.I. N° 14.010.857, CUIL N° 20-14010857-0, como Ministro de Cultura
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el señor Ángel Jorge Petitt presentó su renuncia al cargo de Ministro de Cultura a
partir del 31 de diciembre de 2017;
Que en este orden de ideas se propicia la designación del Lic. Enrique Luis Avogadro,
D.N.I. N° 25.641.207, CUIL N° 20-25641207-2, a partir del 1° de enero de 2018, como
Ministro de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que conforme lo expresado precedentemente procede dictar la norma legal pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Acéptase, a partir del 31 de diciembre de 2017, la renuncia presentada
por el señor Ángel Jorge Petitt, D.N.I. N° 14.010.857, CUIL N° 20-14010857-0, como
Ministro de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Agradécese al señor Ángel Jorge Petitt los importantes servicios
prestados durante su gestión.
Artículo 3°.- Desígnase, a partir del 1° de enero de 2018, al Lic. Enrique Luis
Avogadro, D.N.I. N° 25.641.207, CUIL N° 20-25641207-2, como Ministro de Cultura del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 5.666), comuníquese a
la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos dependientes del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás
efectos remítase al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. SANTILLI p/p -
Moccia p/p