LEY 5934 2017
Síntesis:
CREACIÓN - PREMIO OSVALDO SORIANO - LABOR PERIODISTA - DIPLOMA DE RECONOCIMIENTO - SUMA DE DINERO - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - MINISTERIO DE CULTURA - PERIODISMO - PERIODISTAS - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).
Publicación:
11/01/2018
Sanción:
07/12/2017
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
08/01/2018
El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.
Fecha de actualización: 29/02/2024
Artículo 1°.- Crease el Premio "Osvaldo Soriano" para distinguir anualmente a la labor
periodista, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 2°.- Dicho Premio consistirá en la entrega de un diploma de reconocimiento y una
suma de dinero. Se otorgará como mínimo, a las siguientes categorías:
a) mejor trabajo de investigación,
b) mejor cobertura gráfica,
c) mejor cobertura en servicios de comunicación audiovisual,
d) mejor cobertura en medios digitales,
e) trayectoria profesional.
Art. 3°.- La autoridad de aplicación de esta Ley será el Ministerio de Cultura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires que, en ese carácter, establecerá el cronograma
de presentaciones y organizará el acto de entrega del Premio que tendrá lugar el 29
de enero de cada año.
Art. 4°.- A los efectos de definir a los nominados y premiados de cada categoría, la
autoridad de aplicación convocará a un consejo ad-honoren integrado por reconocidos
especialistas del periodismo y la comunicación social.
Art. 5°.- Los gastos que demande la implementación de la presente Ley serán
imputados a las partidas presupuestarias correspondientes.
Art. 6°.- Comuníquese. Santilli - Pérez
Buenos Aires, 8 de enero de 2018
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.934 (Expediente Electrónico N° 29.637.349-
MGEYA-DGALE-2017), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en su sesión del día 7 de diciembre de 2017, ha quedado
automáticamente promulgada el día 8 de enero de 2018.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al
Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Montiel