LEY 5950 2017
Síntesis:
CONDONA DEUDA - ABL - FUNDACIÓN ALFREDO PALACIOS - INMUEBLE - CHARCAS 4741 - PALERMO
Publicación:
17/01/2018
Sanción:
22/12/2017
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
12/01/2018
Artículo 1°.- Condónese la deuda por ABL que mantiene la "Fundación Alfredo
Palacios" con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el inmueble
sito en la calle Charcas 4741, Partida n°0431931-03, del barrio de Palermo.
Art. 2°.- A los fines de la vigencia del artículo 1° de la presente ley la existencia de
eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a
reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada.
Art. 3°.- Si hubiera reclamo judicial por la deuda, el beneficiario de la presente norma
se hará cargo de las costas y honorarios por el juicio iniciado.
Art. 4°.- Comuníquese, etc. Quintana - Pérez