LEY 5950 2017

Síntesis:

CONDONA DEUDA - ABL - FUNDACIÓN ALFREDO PALACIOS -  INMUEBLE - CHARCAS 4741 - PALERMO 

Publicación:

17/01/2018

Sanción:

22/12/2017

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

12/01/2018


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Condónese la deuda por ABL que mantiene la "Fundación Alfredo

Palacios" con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el inmueble

sito en la calle Charcas 4741, Partida n°0431931-03, del barrio de Palermo.

Art. 2°.- A los fines de la vigencia del artículo 1° de la presente ley la existencia de

eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a

reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada.

Art. 3°.- Si hubiera reclamo judicial por la deuda, el beneficiario de la presente norma

se hará cargo de las costas y honorarios por el juicio iniciado.

Art. 4°.- Comuníquese, etc. Quintana - Pérez

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