DECRETO 64 2018

Síntesis:

CREA PLANTA TRANSITORIA DE MÉDICOS - PERÍODO 2018 - ACCIONES A EJECUTAR POR LA DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE MEDICINA DEL TRABAJO - RETRIBUCIÓN BRUTA MENSUAL - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - MINISTERIO HACIENDA - DESIGNACIÓN PERSONAL - CARÁCTER TRANSITORIO

Publicación:

05/03/2018

Sanción:

27/02/2018

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 5.460 y 471 (textos consolidados según Ley N° 5.666), el Decreto N°

363/15 y sus modificatorio, el Expediente Electrónico N° 5219747-MGEYA-

SSGRH/2018, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 5.460 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,

al Ministerio de Hacienda;

Que mediante el artículo 17 de la referida Ley, se establece que el Ministerio de

Hacienda le corresponde diseñar e implementar las políticas de gestión y

administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires como también la de diseñar e implementar la carrera administrativa, así

como el régimen gerencial, o cualquier régimen especial, establecido en la Ley 471, de

Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que por su parte el artículo 44 de la Ley N° 471 prevé la prestación de servicios de

carácter transitorio o eventual, no incluidos en las funciones propias del régimen de

carrera y que no puedan ser cubiertos por personal de planta permanente;

Que en pos de lograr sus objetivos con la mayor eficacia posible con el fin de lograr

continuidad en el cumplimiento de las funciones asignadas, el Ministerio de Hacienda,

requiere personal para cubrir la prestación de servicios de carácter transitorio o

eventual;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose a la Dirección General Administración de Medicina del Trabajo

dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de

Hacienda;

Que la citada Dirección General tiene entre sus responsabilidades primarias la de

asistir a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos en el diseño de políticas

de protección y prevención de la salud, reconocimiento médico para otorgamiento de

licencias y exámenes de aptitud laboral de los empleados del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en cualquiera de sus escalafones o carreras;

Que para atender las acciones inherentes a la precitada Dirección General

Administración de Medicina del Trabajo, resulta necesario crear la Planta Transitoria

de Médicos por el período comprendido entre el 1° de marzo y el 31 de diciembre de

2018;

Que, en atención a ello, resulta propicio facultar al señor Ministro de Hacienda a fijar

los requisitos de ingreso, designar, cesar y reconocer los servicios del personal

comprendido en la Planta Transitoria que se crea por el presente Decreto, así como a

dictar las normas interpretativas, aclaratorias, operativas y complementarias para un

mejor desarrollo de la precitada Planta Transitoria;

Que a su vez, resulta conveniente encomendar en forma conjunta a los titulares del

Ministerio de Hacienda y de la Jefatura de Gabinete de Ministros la aprobación,

modificación y/o convalidación de la citada Planta Transitoria, a fin de agilizar el

circuito administrativo de tramitación pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Créase la Planta Transitoria de Médicos para el período comprendido

entre el 1° de marzo y el 31 de diciembre de 2018, para atender las acciones a

ejecutar por la Dirección General Administración de Medicina del Trabajo dependiente

de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio Hacienda, de

conformidad con lo establecido en el Anexo I (IF-2018-5220585-SSGRH), que a todos

sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Establécese que el personal comprendido en el presente Decreto será

designado con carácter transitorio, carecerá de estabilidad, cesará automáticamente a

la fecha de finalización de su Planta Transitoria y podrá disponerse su cese anticipado

sin expresión de causa.

Artículo 3°.- La retribución bruta mensual del personal que se designe conforme lo

establecido en el Anexo I del artículo 1° del presente Decreto, será la suma fija

remunerativa que se indica como "retribución única" por todo concepto,

correspondiéndole a estos todo aumento que se otorgue a los agentes de la Planta

Permanente del Escalafón General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires durante el ejercicio 2018.

Artículo 4°.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda a fijar los requisitos de ingreso,

designar, cesar y reconocer los servicios del personal comprendido en el presente

Decreto, como así también a dictar las normas interpretativas, aclaratorias, operativas

y complementarias para un mejor desarrollo de la citada Planta Transitoria.

Artículo 5°.- Encomiéndase en forma conjunta a los titulares del Ministerio de Hacienda

y de la Jefatura de Gabinete de Ministros la aprobación, modificación y/o convalidación

de la Planta Transitoria de Médicos para atender las acciones a ejecutar por la

Dirección General Administración de Medicina del Trabajo dependiente de la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda.

Artículo 6°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a los fines de la

implementación de lo previsto en el presente Decreto.

Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda, y

por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio

de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General

Administración de Medicina del Trabajo. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ

LARRETA - Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5327