RESOLUCIÓN 723 2003 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Síntesis:
TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL - CALLES CON DOBLE MANO DE CIRCULACIÓN - RESTITUYE LA DOBLE MANO A TRAMOS DE LAS CALLES CORONEL RAMÓN LISTA - ENTRE OSTENDE Y FINALIZACIÓN DE SU CALZADA ANTES DE LA CALLE BRUSELAS - CURUZÚ CUATIÁ ENTRE JOSÉ PEDRO VARELA Y CNEL. RAMÓN LISTA - DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Publicación:
17/07/2003
Sanción:
27/06/2003
Organismo:
SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Visto el Registro 2.818/DGTYT/03, relacionado con la restitución del doble sentido circulatorio de la calle Cnel Ramón Lista, y
CONSIDERANDO:
Que la calzada de la calle Cnel. Ramón Lista se interrumpe en la calle Bruselas y se reinicia 30 m. antes de Curuzú Cuatiá, con relación al sentido único de circulación de SO a NE desde Av. Gral. Paz hasta Av. F. Beiró, de lo que se deduce que la citada arteria no tiene continuidad circulatoria desde Av. Gral. Paz;
Que los vehículos que deben ingresar al estacionamiento existente sobre la calle Cnel. Ramón Lista a 25 m. de la esquina de Curuzú Cuatiá, sólo pueden hacerlo circulando en contramano;
Que asimismo se aprecia que los sentidos de circulación de la zona generan inconvenientes de accesibilidad a los frentistas de las Calles Curuzú Cuatiá entre José Pedro Varela y Cnel. Ramón Lista y Cnel. Ramón Lista entre Ostende y la finalización de la calzada de ésta;
Que los vehículos provenientes del lado noreste por la Av. Beiró, deben realizar un sobre recorrido importante por Cortina - Simbrón - M. Porcel de Peralta - J. Pedro Varela - Curuzú Cuatiá, hasta su destino;
Que los vehículos provenientes del lado suroeste por la calle Irigoyen y deseen ingresar a Curuzú Cuatiá o Cnel. Ramón Lista también deben realizar un extenso derrotero;
Que por todo ello se considera necesario otorgar doble sentido de circulación a la calles Cnel. Ramón Lista entre Ostende hasta su interrupción y a Curuzú Cuatiá entre Pedro Varela y Cnel. Ramón Lista;
Por ello, y conforme las facultades otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A N° 760) y la delegación aprobada por Decreto N° 515/GCBA/00 (B.O.C.B.A N° 926);
Artículo 1° - Modifícase, con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos, las disposiciones del Decreto-Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, restituyéndole doble mano a los siguientes tramos de arterias:
Coronel Ramón Lista: entre Ostende y finalización de su calzada antes de la calle Bruselas.
Curuzú Cuatiá: entre José Pedro Varela y Cnel. Ramón Lista.
Artículo 2° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte la que comunicará a la Policía Federal Argentina, y a la Dirección General de Seguridad Vial. Cumplido archívese. Fatala