RESOLUCIÓN 1 2018 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628

Síntesis:

APRUEBA ANEXO NOTARIAL - MINUTA DIGITAL - PROCEDIMIENTO DIGITAL - TRÁMITES - SOLICITUDES DE HABILITACIÓN - ACTIVIDAD COMERCIAL INDUSTRIAL Y/O DE SERVICIOS - COMERCIOS - TRAMITACIÓN - ON LINE - SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - TRANSFERENCIAS - ESCRIBANO PÚBLICO - CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS - DECLARACIÓN JURADA - CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL - ESCRITURA - ESCRIBANOS - MODIFICA ANEXO RESOLUCIÓN 178-AGC-17

Publicación:

20/03/2018

Sanción:

15/03/2018

Organismo:

AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628


VISTO:

Las Leyes N° 2.624/07, 2.628/07, 123/1998 y 3.304/2009 (textos consolidados por Ley

N° 5.666), los Decretos N° 222/GCBA/2012, 197-GCBA/2017, las Resoluciones N°

171-APRA/17 y 178-AGC/17 y el EE-2018-07604955-MGEYA-AGC, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del

Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que entre sus funciones primarias, la Agencia Gubernamental de Control entiende en

las habilitaciones de todas aquellas actividades comprendidas en el Código de

Habilitaciones y Verificaciones que se desarrollan en la Ciudad, así como en el

otorgamiento de permisos para aquellas actividades llevadas a cabo en dominios de

uso público y privado con excepción de las actividades desarrolladas en la vía pública

que expresamente controle y fiscalice el Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que mediante Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de

Ambiente y Espacio Público;

Que la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene como objeto la protección de la calidad ambiental a través de la planificación,

programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la política

ambiental de la Ciudad;

Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa planteando, como uno de sus objetivos, "Desarrollar los

sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la normativa correspondiente para la

digitalización de los procesos administrativos, a los fines de facilitar la gestión, el

acceso y la perdurabilidad de la información y la reducción de los plazos en las

tramitaciones";

Que en consonancia con ello, el Decreto N° 197-GCBA/2017 estableció un nuevo

procedimiento -para los trámites de habilitación de toda actividad comercial, industrial

y/o de servicios- que se adecua a las herramientas tecnológicas e informáticas

actuales;

Que la mencionada norma busca que la mayor cantidad de trámites puedan ser

realizados vía online por los titulares y/o profesionales, sin necesidad de concurrir

físicamente a las dependencias de la Administración;

Que en tal inteligencia, la Agencia Gubernamental de Control ha aprobado, mediante

Resolución N° 178-AGC/17, el procedimiento digital para el inicio de habilitaciones y

transferencias, implementando a esos fines una plataforma digital llamada "Sistema de

Gestión Integral";

Que en el marco de dicho procedimiento digital, a los efectos de la tramitación de las

referidas solicitudes de habilitación, se debe acompañar un anexo notarial expedido

por escribano público (minuta digital);

Que el escribano interviniente certifica, según su incumbencia, el cumplimiento de los

requisitos establecidos en el Código de Habilitaciones y Verificaciones, en especial, los

detallados en el artículo 4° del Anexo I de la Resolución N° 178-AGC/17, expidiendo la

minuta digital mediante el aplicativo proporcionado por el Colegio de Escribanos de la

Ciudad, la cual es suscripta digitalmente y reviste carácter de Declaración Jurada;

Que asimismo, toda solicitud de habilitación de actividades comerciales requiere la

presentación de un Certificado de Aptitud Ambiental emitido, de forma previa, por la

Agencia de Protección Ambiental;

Que por Resolución N°171-APRA/17 se aprobó el procedimiento para la tramitación y

obtención del Certificado de Aptitud Ambiental, y consecuentemente los modelos de

certificados de aptitud ambientes de actividades, proyectos, programas y/o

emprendimientos sin relevante efecto (SRE) y con relevante efecto (CRE);

Que en aras de proseguir con la agilización de los procedimientos administrativos,

resulta necesaria la integración de la Agencia de Protección Ambiental a la aplicación

de la minuta notarial digital alcanzándose, con ello, no solo parámetros de eficiencia,

eficacia y uniformidad en los trámites sino que también permita una mayor celeridad y

transparencia en la tramitación de las solicitudes;

Que en el marco de la minuta digital, el escribano interviniente certificará asimismo el

cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley N ° 123 y su Decreto

Reglamentario;

Que por todo lo expuesto y en razón de las atribuciones conferidas por las Leyes N°

2.624/07 y 2.628/07,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE

LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL Y

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

RESUELVEN

Artículo 1°.- Apruébase el Anexo Notarial (minuta digital) obrante en el IF-2018-

07486754-AGC de aplicación para los trámites a realizarse ante la Agencia

Gubernamental de Control y la Agencia de Protección Ambiental.

Artículo 2°.- Modifícase el Anexo IF-2017-15455998-AGC aprobado por Resolución N°

178 AGC/17 (Anexo I) de conformidad con el Anexo IF-2018-07486754- AGC de la

presente.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese. Cumplido, archívese. Pedace - Filgueira Risso


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5338

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 2 de la Resolución 1-APRA-AGC-18 modifica el Anexo I aprobado por Resolución 178-AGC-17 de conformidad con el Anexo IF-2018-07486754- AGC aprobado por Art. 1.</p>