RESOLUCIÓN 1 2018 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
Síntesis:
APRUEBA ANEXO NOTARIAL - MINUTA DIGITAL - PROCEDIMIENTO DIGITAL - TRÁMITES - SOLICITUDES DE HABILITACIÓN - ACTIVIDAD COMERCIAL INDUSTRIAL Y/O DE SERVICIOS - COMERCIOS - TRAMITACIÓN - ON LINE - SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - TRANSFERENCIAS - ESCRIBANO PÚBLICO - CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS - DECLARACIÓN JURADA - CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL - ESCRITURA - ESCRIBANOS - MODIFICA ANEXO RESOLUCIÓN 178-AGC-17
Publicación:
20/03/2018
Sanción:
15/03/2018
Organismo:
AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
VISTO:
Las Leyes N° 2.624/07, 2.628/07, 123/1998 y 3.304/2009 (textos consolidados por Ley
N° 5.666), los Decretos N° 222/GCBA/2012, 197-GCBA/2017, las Resoluciones N°
171-APRA/17 y 178-AGC/17 y el EE-2018-07604955-MGEYA-AGC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del
Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que entre sus funciones primarias, la Agencia Gubernamental de Control entiende en
las habilitaciones de todas aquellas actividades comprendidas en el Código de
Habilitaciones y Verificaciones que se desarrollan en la Ciudad, así como en el
otorgamiento de permisos para aquellas actividades llevadas a cabo en dominios de
uso público y privado con excepción de las actividades desarrolladas en la vía pública
que expresamente controle y fiscalice el Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que mediante Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de
Ambiente y Espacio Público;
Que la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene como objeto la protección de la calidad ambiental a través de la planificación,
programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la política
ambiental de la Ciudad;
Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa planteando, como uno de sus objetivos, "Desarrollar los
sistemas informáticos y proponer y/o adecuar la normativa correspondiente para la
digitalización de los procesos administrativos, a los fines de facilitar la gestión, el
acceso y la perdurabilidad de la información y la reducción de los plazos en las
tramitaciones";
Que en consonancia con ello, el Decreto N° 197-GCBA/2017 estableció un nuevo
procedimiento -para los trámites de habilitación de toda actividad comercial, industrial
y/o de servicios- que se adecua a las herramientas tecnológicas e informáticas
actuales;
Que la mencionada norma busca que la mayor cantidad de trámites puedan ser
realizados vía online por los titulares y/o profesionales, sin necesidad de concurrir
físicamente a las dependencias de la Administración;
Que en tal inteligencia, la Agencia Gubernamental de Control ha aprobado, mediante
Resolución N° 178-AGC/17, el procedimiento digital para el inicio de habilitaciones y
transferencias, implementando a esos fines una plataforma digital llamada "Sistema de
Gestión Integral";
Que en el marco de dicho procedimiento digital, a los efectos de la tramitación de las
referidas solicitudes de habilitación, se debe acompañar un anexo notarial expedido
por escribano público (minuta digital);
Que el escribano interviniente certifica, según su incumbencia, el cumplimiento de los
requisitos establecidos en el Código de Habilitaciones y Verificaciones, en especial, los
detallados en el artículo 4° del Anexo I de la Resolución N° 178-AGC/17, expidiendo la
minuta digital mediante el aplicativo proporcionado por el Colegio de Escribanos de la
Ciudad, la cual es suscripta digitalmente y reviste carácter de Declaración Jurada;
Que asimismo, toda solicitud de habilitación de actividades comerciales requiere la
presentación de un Certificado de Aptitud Ambiental emitido, de forma previa, por la
Agencia de Protección Ambiental;
Que por Resolución N°171-APRA/17 se aprobó el procedimiento para la tramitación y
obtención del Certificado de Aptitud Ambiental, y consecuentemente los modelos de
certificados de aptitud ambientes de actividades, proyectos, programas y/o
emprendimientos sin relevante efecto (SRE) y con relevante efecto (CRE);
Que en aras de proseguir con la agilización de los procedimientos administrativos,
resulta necesaria la integración de la Agencia de Protección Ambiental a la aplicación
de la minuta notarial digital alcanzándose, con ello, no solo parámetros de eficiencia,
eficacia y uniformidad en los trámites sino que también permita una mayor celeridad y
transparencia en la tramitación de las solicitudes;
Que en el marco de la minuta digital, el escribano interviniente certificará asimismo el
cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley N ° 123 y su Decreto
Reglamentario;
Que por todo lo expuesto y en razón de las atribuciones conferidas por las Leyes N°
2.624/07 y 2.628/07,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE
LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL Y
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
RESUELVEN
Artículo 1°.- Apruébase el Anexo Notarial (minuta digital) obrante en el IF-2018-
07486754-AGC de aplicación para los trámites a realizarse ante la Agencia
Gubernamental de Control y la Agencia de Protección Ambiental.
Artículo 2°.- Modifícase el Anexo IF-2017-15455998-AGC aprobado por Resolución N°
178 AGC/17 (Anexo I) de conformidad con el Anexo IF-2018-07486754- AGC de la
presente.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese. Cumplido, archívese. Pedace - Filgueira Risso