RESOLUCIÓN 194 1999 SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO

Síntesis:

MODIFICACIÓN  DEL DECRETO ORDENANZA  10407 - CALLES MANO ÚNICA  - ARTERIAS CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN -  INVIERTE EL SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN DE UN TRAMO DE LA CALLE PEDRO ECHAGÜE -  MODIFICA  RECORRIDO LÍNEA 96 - COLECTIVOS - CALLES

Publicación:

18/06/1999

Sanción:

18/05/1999

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO


Visto los términos de la Nota N° 1.065-DGV-99, relacionada con la inversión del sentido de circulación de la calle Pedro Echagüe, y

CONSIDERANDO:

Que, la calle Pedro Echagüe, entre Salta y Lima, no posee continuación, habida cuenta que se corta por la estación del ex ferrocarril Roca;

Que, se trata de un tramo de arteria con tránsito exclusivamente local;

Que, por la calle Salta, hasta la calle 15 de Noviembre de 1889, circulan varias líneas de colectivos, lo que ocasiona un deterioro constante en el pavimento;

Que, la línea 96 podría modificar su recorrido a efectos de evitar recorridos innecesarios, dejando de manifiesto que la calle 15 de Noviembre de 1889 cuenta con la circulación de otras líneas de colectivos;

Que invirtiendo el sentido circulatorio de dicho tramo de arteria, se mejoraría la circulación de la calle 15 de Noviembre de 1889;

Por ello y de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección General de Vialidad,

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO

RESUELVE:

Artículo 1° Modifícase provisoriamente y a título experimental ad-referendum de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, el contenido del Decreto Ordenanza N° 10.407-47 Texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, invirtiéndose el sentido único de circulación a la calle Pedro Echagüe, entre Lima y Salta de Este a Oeste.

Art. 2° Modificar parcialmente el recorrido de la línea 96, ad-referendum de lo que oportunamente disponga la Secretaria de Transporte de la Nación, del siguiente modo:

lda a Constitución: por su ruta, Lima, Pedro Echagüe, Salta hasta O\\\'Brien, donde ingresa a su terminal.

Regreso: sin modificación,

Art. 3° La presente medida entrará en vigencia efectiva, una vez adecuado el señalamiento vertical pertinente.

Art. 4° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la Secretaria de Transporte de la Nación, a la empresa afectada, a la Dirección General de Educación Vial y Tránsito, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Vialidad, cumplido archívese.


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 194-SST-99 modifica sentido circulatorio calle Pedro Echagüe, entre Lima y Salta, modifica Dec. Ord. 10407-47
INTEGRADA POR
Disp. 555-DGV-99 implementa el sentido único de circulación de la calle Pedro Echagüe, dispuesta por la Res.194-SST-99