RESOLUCIÓN 156 2018 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
CREA PROGRAMA - PRUEBA PILOTO DE BUSES DE COMBUSTIBLES ALTERNATIVOS - PLAN DE MOVILIDAD LIMPIA - BASES Y CONDICIONES - BUSES NUEVOS - SIN USO - PROPULSADOS POR BIODIESEL - MOTOR A GNC - PROPUESTAS - OBLIGACIONES - AUDITORÍA DEL PROGRAMA - LÍNEA DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR - CARÁCTER URBANO - SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE -
Publicación:
23/03/2018
Sanción:
20/03/2018
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
VISTO:
La Ley N.° 2.095 (texto consolidado por Ley N.° 5.666), el Decreto N.° 363/15 y sus
modificatorios y el Expediente Electrónico N.° EX-2018-08470092- -MGEYA-
SSTYTRA, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el Programa de Prueba Piloto de Buses de
Combustibles Alternativos, en el marco del Plan de Movilidad Limpia, a realizarse en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que es política de esta Subsecretaría promover políticas, planes y proyectos de
ordenamiento y mejora del sistema de transporte de pasajeros y de carga para
promover la movilidad saludable;
Que, dado que los medios de transporte son una de las principales fuentes de
emisiones de gases de efecto invernadero y de gases tóxicos, resulta fundamental
ahondar en el estudio de alternativas que busquen reducir su impacto sobre el medio
ambiente y la salud de la población urbana;
Que los vehículos pesados a diésel, entre los que se encuentran los colectivos de
transporte público de pasajeros por automotor de carácter urbano que funcionan en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, son dentro del sector transportista la principal
fuente de emisión de agentes contaminantes del aire, como óxidos nitrosos y material
particulado;
Que en los últimos años el transporte en general y los colectivos en particular han
experimentado avances tecnológicos considerables, dentro de los cuales se
encuentran los vehículos híbridos, eléctricos, Euro 6, biocombustibles, gas natural
comprimido (en adelante GNC), entre otros;
Que estos desarrollos tecnológicos resultan de interés para abordar la problemática de
emisión de gases contaminantes en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y buscar alternativas que permitan solucionarla, manteniendo o incluso
mejorando los servicios brindados al usuario;
Que, en la línea de lo expuesto, los colectivos propulsados por combustible 100% a
biodiesel (en adelante, B100) y aquellos propulsados con un motor a GNC son una de
las alternativas potencialmente viables, cuyo uso traería aparejado una reducción
notoria en la emisión de gases de efecto invernadero;
Que teniendo en consideración todo lo expuesto, esta Subsecretaría de Tránsito y
Transporte promueve la creación de un programa que colabore para que estos
combustibles alternativos puedan ser implementados en el transporte público que
opera en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en ese contexto, se consideró que para fomentar la eventual implementación de
tecnología de transporte de este tipo en la Ciudad resulta imprescindible realizar a
priori un estudio de factibilidad técnico-económica de dichas unidades en condiciones
reales de operación;
"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
Que, por todo lo expuesto, y ante el objetivo de tender a la mejora del transporte y del
ambiente en la Ciudad, se propicia la creación de un programa por el que se
implementará una prueba piloto de uso de buses propulsados por B100 y GNC en
distintas líneas de transporte público de pasajeros con parte de su recorrido dentro de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para poder evaluar su viabilidad técnica,
operativa, económica y ambiental de los mismos;
Que el programa tiene como principal objetivo fomentar la eventual penetración de
estas tecnologías en el transporte público de pasajeros por automotor que funciona en
el ámbito local contando con la debida intervención de los organismos tanto nacionales
como locales competentes, cuyo éxito conllevaría a un impacto significativo en los
niveles de emisión de gases del sector de transporte público, mejorando así la calidad
del aire y/o reduciendo el efecto invernadero, dependiendo de la tecnología a utilizar;
Que para la concreción del programa, se convoca públicamente por la presente a los
interesados en participar del programa que cuenten con vehículos con estas
características, que presenten una propuesta mediante la cual se ponga a disposición
al menos una unidad, nueva y sin uso cien por ciento (100%) a biodiesel y/o a GNC,
para su funcionamiento en una línea operadora de transporte público de pasajeros por
automotor de carácter urbano, con parte de su recorrido en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en las condiciones establecidas en el Anexo I;
Que el programa de Prueba Piloto de Buses de Combustibles Alternativos es sin costo
para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, asimismo y para la efectiva puesta en marcha de este programa, esta
Subsecretaría ha dado intervención a las áreas competentes en el ámbito nacional en
materia de transporte público de pasajeros por automotor, a modo de establecer en el
programa incentivos para los potenciales participantes;
Que el desempeño de los buses será evaluado a través del equipo técnico del GCBA,
cuya evaluación abarcará la viabilidad técnica, operativa y económica del
funcionamiento de estos buses;
Que esta información será utilizada para entender el comportamiento de estas
tecnologías y sus costos para poder estudiar su beneficio para la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y los usuarios del Transporte Público, y así generar las condiciones para
incentivar el uso de las mismas con intervención de las áreas competentes.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto 363/15 y sus
modificatorios,
EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
RESUELVE
Artículo 1°. - Créase el Programa de Prueba Piloto de Buses de Combustibles
Alternativos, en el marco del Plan de Movilidad Limpia en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, por el lapso de un (1) año desde la efectiva puesta en
circulación de los buses de estos combustibles.
Artículo 2°. - Apruébese el Reglamento de Bases y Condiciones que como Anexo I (IF-
2018-08471928- - SSTYTRA) forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°. -Invítese a los interesados que cuenten con buses nuevos y sin uso cien
por ciento (100%) propulsados por biodiesel y/o con motor a GNC a participar del
programa, para lo cual deberán presentar una propuesta para poner a disposición sus
vehículos vinculados con una línea de transporte público de pasajeros por automotor
"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
de carácter urbano propuesta por éstos, de acuerdo a las condiciones detalladas en el
Anexo I.
Artículo 4°. - Todos los interesados en participar del programa deberán presentar sus
propuestas de acuerdo con lo previsto en el Anexo I (Reglamento de Bases y
Condiciones) en la Subsecretaria de Tránsito y Transporte sita en Av. Martin García
346 1° piso el día 21 de mayo de 2018 a las 12:00 horas.
Artículo 5°. - El presente programa no tiene ningún costo para el Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires. Asimismo, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires no
tiene ningún tipo de responsabilidad sobre la relación entre la empresa proveedora de
buses B100 y/o GNC y la línea de transporte público de pasajeros por automotor de
carácter urbano.
Artículo 6°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Ministerio de Ambiente y Espacio Público, al Ministerio de Desarrollo
Urbano y Transporte, al Ministerio de Transporte de la Nación y a la Secretaría de
Industria de la Nación. Galuzzi