LEY 1043 2003

Síntesis:

INSTITUYE 25 DE JULIO - DÍA DEL BARRIO DE BOEDO - NACIMIENTO DEL PRÓCER MARIANO BOEDO - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO)

Publicación:

21/07/2003

Sanción:

19/06/2003

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

15/07/2003


TEXTO ACTUALIZADO

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Institúyase el 25 de julio como Día del Barrio de Boedo en concidencia con el nacimiento del prócer de la independencia, Mariano Boedo.

Artículo 2° - Comuníquese, etc. FELGUERAS - Alemany

Buenos Aires, 15 de julio de 2003.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 1.043 (Expediente N° 39.136/03), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 19 de junio de 2003, ha quedado automáticamente promulgada el día 15 de julio de 2003.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Cultura y al Organismo F/N Descentralización y Participación Ciudadana. Tadei